4350-18 - Creación Com. Asesor de Ord. Urbano
REGISTRADA BAJO EL Nº 4.350 / 18
VISTO:
Lo dispuesto por COT, Ordenanzas Municipales Nº 3647/11 y Nº 3.754/12 convalidado por Decreto Provincial Nº 12/14; y
CONSIDERANDO:
Que, el COT, se inicia como el POT, en San Antonio de Areco, mediante un proceso participativo;
Que, el COT, en su capítulo I.4 identifica Programas y Proyectos, planteándose el número una, la creación de organismos interinstitucionales para la articulación de políticas regionales y locales;
Que, el Proyecto Nº 3 plantea la creación de un Comité Asesor en materia de Ordenamiento Urbano – Territorial.
Que, la norma instituye la creación de un Comité Asesor en materia de Ordenamiento Urbano.
Por ello, el Concejo Deliberante de San Antonio de Areco, por mayoría, resuelve sancionar la siguiente:
ORDENANZA
Artículo 1º : Modificase el Artículo 2º de la Ordenanza Nº 3886/14, el que quedará
--------------- redactado de la siguiente manera:
Artículo 2º : El Comité creado por Ordenanza Nº 3.886/14 estará integrado
por:
a) El referente máximo a nivel Secretaría del área de Planificación Urbana;
b) El Director del área de Planificación Urbana;
c) Un representante de las empresas proveedoras de energía eléctrica CEOSP y Coop. O. y Serv. Públicos Villa Lía.
d) Los Concejales integrantes de la Comisión de Obras Públicas.
e) Representante de profesionales asociados a la construcción en todos sus términos y a la comercialización de la tierra, en igual número a los miembros del sector público.
Artículo 2º : Modificase el Artículo Nº 3 de la Ordenanza Nº 3886/14, el que quedará
---------------- redactado de la siguiente manera:
Artículo 3º : El Comité estará conducido por un Presidente, cargo que será
ocupado por el Secretario que integrará el Comité y, un cargo
de Secretario será desempeñado por un representante del
sector privado. / / /
/ / / 2ª REGISTRADA BAJO EL Nº 4.350 / 18
Artículo 3º : Modificase el Artículo 4º de la Ordenanza Nº 3.886/14, el que quedará
---------------- redactado de la siguiente manera:
Funciones:
Artículo 4º : El Comité Asesor, será el encargado de :
- Asesorar al Departamento Ejecutivo y al Concejo Deliberante en lo relacionado a Ordenamiento Urbano en general y en lo relacionado a la modificación del COT, en particular.
- Colaborar con ambos Departamentos Municipales en la difusión, la promoción y, la capacitación respecto de la normativa de Ordenamiento Urbano en San Antonio de Areco.
Artículo 4º : Incorporase el Artículo 5º a la Ordenanza Nº 3.886/14, el que quedará
--------------- redactado de la siguiente manera:
Mandato de los Representantes:
Artículo 5º : La duración de las representaciones, se extenderá por un lapso
de cuatro (4) años.
Selección de los Representantes del Sector Privado
Artículo 5º : Incorporase el Artículo 6º a la Ordenanza Nº 3.886/14, el que quedará
---------------- redactado de la siguiente manera:
Artículo 6º : La selección de los representantes, será determinada por cada
uno de los representantes locales de los Colegios Profesiona-
les (Ingenieros, Arquitectos, Agrimensores, Técnicos en
Construcciones, Martilleros y Corredores Públicos).
Artículo 6º : Incorporase el Artículo 7º a la Ordenanza Nº 3.886/14, el que quedará
Redactado de la siguiente manera:
Artículo 7º : De forma.
Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Deliberante de San Antonio de Areco, a los tres días del mes de octubre del año dos mil dieciocho.
B. Mitre 390 – San Antonio de Areco – Tel. 02326-455190