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1821/1996-Carteles "Prohibido arrojar basura"

ORDENANZA REGISTRADA BAJO EL Nº 1821/1.996

1821

23.7.96

ADMINISTRATIVA

COLOCACIÓN

CARTELES

Artículo 1º:Autorízase al Depto. Ejecutivo a la ejecución y colocación de carteles con la leyenda:

Prohibido arrojar basura.

Evite Multas.

Ordenanza Municipal Nº 1428/94.

Artículo 2º:Colóquense dichos carteles en todos los sitios que son utilizados como depósito clandestinos de residuos fuera del ámbito del basural municipal.

Artículo 3º:Impútense los gastos que demande tales trabajos a las partidas que correspondan del Presupuesto en vigencia.