1821/1996-Carteles "Prohibido arrojar basura"
ORDENANZA REGISTRADA BAJO EL Nº 1821/1.996
1821
23.7.96
ADMINISTRATIVA
COLOCACIÓN
CARTELES
Artículo 1º:Autorízase al Depto. Ejecutivo a la ejecución y colocación de carteles con la leyenda:
Prohibido arrojar basura.
Evite Multas.
Ordenanza Municipal Nº 1428/94.
Artículo 2º:Colóquense dichos carteles en todos los sitios que son utilizados como depósito clandestinos de residuos fuera del ámbito del basural municipal.
Artículo 3º:Impútense los gastos que demande tales trabajos a las partidas que correspondan del Presupuesto en vigencia.