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2126/1999-Pasacalles partidos politicos

ORDENANZA REGISTRADA BAJO EL Nº 2126/1.999

2126

13.7.99

ADMINISTRATIVA

AUTORIZACIÓN

USO ESPACIO PÚBLICO

PARTIDOS POLÍTICOS

VISTO:

El comienzo de las campañas electorales para los comicios del 24 de Octubre de 1999, y;

CONSIDERANDO:

Que resulta necesario establecer un orden en cuanto a las propagandas políticas, con la finalidad de no afectar a la comunidad ni entorpecer el funcionamiento del tránsito vehicular;

Que resulta obvio recomendar a los partidos políticos que su propaganda guarde relación con la situación económica que impera, como así también conserve elementales normas de seguridad y estética.

Artículo 1 : Autorízase a los partidos políticos con representación local a colocar pasacalles en los localidad que integran el Distrito, con vista a las elecciones del 24.10.99.

Artículo 2 : Los pasacalles autorizados por el art. anterior, deberán cumplir normas elementales de seguridad, estética y medidas adecuadas y, deberán contar con autorizaciones de las empresas prestatarias de servicios públicos cuando utilicen punto de apoyo de su propiedad.

 

Articulo 3 : Los partidos políticos que utilicen pasacalles para propagandas, los podrán colocar a partir del 2.8.99 y deberán proceder a su correcto mantenimiento y a retirarlos una vez finalizadas las campañas electorales del presente año, como máximo el 31.10.99, en caso contrario la municipalidad los retirará con cargo a los partidos políticos que no lo hicieran.