2134/1999-Creacion fondo fomento del turismo
ORDENANZA REGISTRADA BAJO EL Nº 2134/1.999
2134
10.8.99
ADMINISTRATIVA
CREACIÓN
FONDO
FOMENTO DEL TURISMO
VISTO:
Que resulta innegable la evidente involución de todas las prestaciones turísticas emanadas desde los ámbitos oficiales, las cuales reflejan fielmente un estado de situación general de difícil solución en el corto plazo, en virtud ello, de los innumerables inconvenientes económicos y financieros por los que atraviesa el DE.
Que la falta de programas políticos serios y acordes a lo que la actividad turística requiere en nuestro particular distrito, han debido ser suplidas en gran medida, por la destacable tarea de operadores privados y entidades afines, y;
CONSIDERANDO:
Que resulta urgente y sumamente necesario aportar, desde este HCD, todas y cada una de las inquietudes o proyectos que hagan a la pronta revitalización y fomento de la citada actividad y con ello sostener uno de los estamentos comunales llamados a convertirse, seguramente, en puntales del desarrollo económico social de nuestro distrito.
Artículo 1 : Determínese la creación a través de la correspondiente intervención del DE y sus áreas de competencia, del denominado de ahora en más Fondo Permanente de Uso Exclusivo para la Fomento y Difusión de la Actividad Turística en San Antonio de Areco, el cual deberá ser incluido en el Presupuesto de Gastos y Cálculo de Recursos del año 1998, dado que el mismo aún no ha sido puesto a la consideración de este HCD.
Artículo 2 : Establécese que, el DE, al momento de la conformación práctica del denominado Fondo Permanente de Uso Exclusivo para el Fomento y Difusión de la Actividad Turística en San Antonio de Areco, disponga, respecto de la composición financiera del mismo la exclusiva y total incorporación de los recursos que actualmente se hallan habilitados ingresar en las cuentas municipales por el Uso del Camping Municipal y Costanera Aquiles Pazzaglia, así como también los obtenidos por medio de las Concesiones de Uso y Explotación de Inmuebles de propiedad comunal ubicados en la ribera urbana (Hostería de El Palomar, Proveeduría Camping Municipal, Kiosco Costanera Aquiles Pazzaglia), sumando a estos todos aquellos ingresos, tales como el cobro de Acceso al Museo al Museo de la Ciudad y Estacionamiento medido en Zona Ribereña, lo que deberán implementarse para incrementar el fondo en cuestión, luego de practicarse las tramitaciones de rigor que la Ley Orgánica de las Municipalidades dispone.