2455/2002-Modificacion ordenanzas 2227/00 y 2392/01
ORDENANZA REGISTRADA BAJO EL Nº 2455/2.002.-
2455
15.4.02
LEGISLATIVA MODIFICACIÓN ORDENANZA 2227/00 ART. 4 ORDENANZA 2392//01 ART 1
VISTO:
La sanción de la Ordenanza N°2.227/00, mediante la cuál se creara oportunamente la denominada Feria de Artesanos Urbanos de San Antonio de Areco, teniéndose en cuenta por entonces, el crecimiento actividades afines desarrolladas por un grupo de vecinos de nuestro distrito, así como también su impacto cultural y turístico; y
CONSIDERANDO:
Que habiéndose determinado en el Art 4° del instrumento legal ya apuntado, la ubicación física de la mencionada Feria y autorizada su correspondiente instalación, se procedió luego -de manera provisoria- a la autorización para el cambio del sitio original (lindero al Palacio Municipal y Centro Cívico de nuestra localidad) por el predio ubicado el Parque Municipal Intendente Alonso frente a la Cruz Misional, situación que de hecho ha continuado hasta la fecha, por virtual acuerdo de partes y sin que mediara denuncia alguna respecto de inconvenientes y/o incompatibilidades para el uso de sector aludido;
Que resulta necesario entonces autorizar, en su debida y definitiva forma, la utilización del nuevo sitio mencionado ut-supra, a los efectos aportar el marco legal apropiado para a la actividad de la denominada Feria de Artesanos Urbanos de San Antonio de Areco;
Que por imperio de la ya citada norma, se ha procedido a la reglamentación de la actividad en cuestión y a la confección de un registro de Artesanos Urbanos a fin de ordenar el desarrollo de la misma; que en el sentido precedentemente apuntado y mediante Asamblea de Concejales y Mayores Contribuyentes ha resultado modificada, por intermedio de la Ordenanza N°2.392/2001, la Ordenanza N°1001/89 (norma Fiscal del Ejercicio) a fin de incorporar tributos específicos para este tipo de actividades tales como las que se desarrollan en la llamada Feria de Artesanos Urbanos de San Antonio de Areco (Artículo 4°, Capítulo IV, punto 2, ítem 2.7. Tasa por Inspección de Seguridad é Higiene, Verificación de Actividades y Habilitación);
Que tal gravamen resulta en demasía para los artesanos locales en virtud de la limitada producción que éstos pueden desarrollar, así como también por el decrecimiento general de toda la actividad económica;
Artículo 1°: Modifícase el Artículo 4° de la Ordenanza N°2.227/00, el cuál quedará redactado de la siguiente manera: Autorízase la instalación de la denominada "Feria de Artesanos Urbanos de San Antonio de Areco" en el predio denominado Parque Municipal Intendente Alonso (frente a la Cruz Misional), ubicado sobre bulevar Zerboni y designado catastralmente como Circunscripción I, Sección C, Quinta 58.-
Artículo 2°: Modifícase el Artículo 1° de la Ordenanza N°2.392/01 y que resultara modificatorio del Artículo 4°, Capítulo IV, punto 2 (Tasa Fija), ítem 2.7., de la Ordenanza N°1001/89 (norma Impositiva del Ejercicio), denominado Tasa por Inspección de Seguridad é Higiene, Verificación de Actividades y Habilitación, el cuál quedará redactado de la siguiente forma:
2. 7. - Feria de ARTESANOS URBANOS de S. A. de ARECO
Por día y por cada puesto...............................................$ 1
INVITADOS ESPECIALES A LA FERIA DEARTESANOS URBANOS DE S. A. DE ARECO
Por día y por cada puesto.........................................................$ 2