2690/2003-Creacion Parque-Paseo publico
ORDENANZA REGISTRADA BAJO EL Nº 2690/2.003.-
2690
20.10.03
ADMINISTRATIVA
CREACIÓN
PARQUE – PASEO PÚBLICO
VISTO:
La necesidad de incrementar la cantidad y calidad de lugares de significación ambiental y turística en el Distrito de San A. de Areco, incentivando a su vez el correcto uso y apropiación de la ribera urbana de nuestro Río Areco, en función de otorgar, tanto a vecinos como a eventuales visitantes, mejores sitios para solaz y esparcimiento, y;
CONSIDERANDO:
Que, resultará también de singular importancia, la recuperación de zonas costeras coadyuvando en la reducción de la problemática hídrica local, restringiendo la utilización de sectores cuyo relleno, construcción, cercado, tapiado, etc., puedan agravar notoriamente el actual escurrimiento de aguas en la zona.
Artículo 1°: Créase un nuevo Parque o Paseo Público Municipal en el predio ribereño, inserto en la denominada Costanera Cruz Misional (según Ordenanza N° 1.966/97), comprendiendo dicho ámbito desde el límite Sur-Este del Parque Municipal Intendente Ángel R. Alonso (Quinta N° 58 - Circunscripción 1 ra. - Sección C), el cuál incluirá en su conformación las siguientes áreas:
a)Sector sujeto a mensura, que oportunamente fuera continuidad de calle Moreno, entre Bulevar Zerboni, límite Noroeste de la Parcela N° 58 y el Puente Viejo, el cual formará parte constitutiva del citado Parque o Paseo.
b)Totalidad de la Quinta de propiedad Municipal N° 62 de la Circunscripción 1ra., Sección C; con una superficie de 11.531,323 m2.
c)Totalidad del sector sujeto a mensura, oportunamente destinado a la continuidad de calle Aristóbulo Del Valle entre Quinta N° 62 y Parcela de propiedad Municipal N° 1 de la Quinta N° 65 (Circunscripción 1ra. - Sección C) desde calle Zerboni hasta Ribera del Río Areco.
d)Totalidad de las Parcelas de propiedad Municipal N° 1 y N° 2 de la Quinta N° 65 (Circunscripción 1ra. - Sección C), con una superficie de 6.910,842 y 5.963,007 m2 respectivamente.
Artículo 2°: Determínase que, el Departamento Ejecutivo Municipal proceda, a través del área de Planeamiento Urbano y en un plazo no mayor de ciento veinte (120) días, contados a partir de la promulgación de ésta Ordenanza, a la confección del correspondiente proyecto de inserción urbana para el Nuevo Parque o Paseo Público Municipal creado por imperio de la presente norma, para lo cual podrá contar con la asistencia técnica y/o financiera y en un todo de acuerdo a lo indicado por la Ley Orgánica de las Municipalidades de organismos estatales y/o privados a los efectos de la elaboración del mismo, así como, también para su futura ejecución práctica, debiendo remitir copia de lo actuado a éste H. Concejo Deliberante para su conocimiento.