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2783/2004-Modificacion ordenanza 2678/03

ORDENANZA REGISTRADA BAJO EL Nº 2783/2.004.-

2783

LEGISLATIVA

MODIFICACIÓN

ORDENANZA 2678/03 ART. 1

PLAZO

COMERCIANTES

VISTO:

La Ordenanza N° 2.678/03, y;

CONSIDERANDO:

Que, se hace necesario prorrogar los plazos para que las actividades mencionadas en la Ordenanza N° 2.678/03, puedan ser habilitadas conforme a derecho.

Artículo 1°: Fijase un nuevo plazo enunciado en el último párrafo del artículo 1° de la Ordenanza Registrada bajo el N°2.678/03, el que quedará redactado de la siguiente manera: "Los propietarios de los comercios a los que se refiere el presente artículo tendrá un plazo de quince ( 15) días a los efectos de proceder a la inscripción correspondiente en el registro, contados a partir de la promulgación de la presente Ordenanza.