2783/2004-Modificacion ordenanza 2678/03
ORDENANZA REGISTRADA BAJO EL Nº 2783/2.004.-
2783
LEGISLATIVA
MODIFICACIÓN
ORDENANZA 2678/03 ART. 1
PLAZO
COMERCIANTES
VISTO:
La Ordenanza N° 2.678/03, y;
CONSIDERANDO:
Que, se hace necesario prorrogar los plazos para que las actividades mencionadas en la Ordenanza N° 2.678/03, puedan ser habilitadas conforme a derecho.
Artículo 1°: Fijase un nuevo plazo enunciado en el último párrafo del artículo 1° de la Ordenanza Registrada bajo el N°2.678/03, el que quedará redactado de la siguiente manera: "Los propietarios de los comercios a los que se refiere el presente artículo tendrá un plazo de quince ( 15) días a los efectos de proceder a la inscripción correspondiente en el registro, contados a partir de la promulgación de la presente Ordenanza.