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4358-18 - Creación Manual para Promotores Turísticos

                                                                                         REGISTRADA BAJO EL Nº  4.358 / 18

 

Visto: 

            La relevancia del Turismo como una de las industrias más relevantes de nuestra localidad en permanente desarrollo y evolución;   

 

Considerando:

 

           Que debemos seguir fortaleciendo la misma y a su vez perfeccionando sus herramientas para una mayor y mejor calidad de servicio, concientización y recepción turística, que aumenten y potencien el crecimiento de la actividad.

 

          Que es clave la relación entre el Turista como núcleo central de la actividad y el prestador, y a su vez la importancia que desde la acción pública podamos fortalecer ese vínculo.  

 

          Que toda reglamentación destinada a acciones de  gestión con la finalidad de mejorar  una actividad puntual en este caso el turismo, jerarquiza a la comunidad en general. Aspecto fundamental que obtiene consecuencias positivas no solo en esa área, incluso hasta en la posible atracción de inversiones.

 

          Que todo sostenimiento y respaldo en el buen funcionamiento de una industria local debe involucrar a los actores directos e indirectos de la misma, y tener la presencia del estado como guía.- 

 

          Que San Antonio de Areco resulta un destino turístico históricamente importante en la Provincia de Buenos Aires, que crece cada año de la mano de nuevas herramientas de comunicación y de buenas políticas públicas.

 

         Que la oficina de turismo municipal solicita capacitaciones a la secretaría de turismo de la Provincia de Buenos Aires cada año y transmite programas de capacitación a prestadores turísticos de nuestra ciudad.-

 

        Que en el Mundo de manera concreta en distintas ciudades de relevancia turística se implementan medidas de mejoras en el aspecto receptivo de la actividad, orientadas a la capacitación y el estímulo de los prestadores y habitantes de las mismas. 

 

        Que las virtudes propias de la característica de nuestra localidad que hacen a su “marca” no son ni deben ser solamente el único capital en la atracción de turismo, sino que debe potenciarse de manera permanente, sobre todo en la calidad y la atención al visitante, como otro pilar fundamental.

 

       Que muchos vecinos de nuestra localidad resultan el primer contacto con los turistas pudiendo acercarles información de utilidad.-

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           Que nuestra ciudad cuenta además con casas de estudios donde existe la formación de profesionales en turismo que pueden sumarse a la elaboración del material necesario para los promotores y comunicadores turísticos.-

 

          Que debemos dirigirnos hacia una verdadera responsabilidad social en la relevancia de la actividad y la concientización y estimulación de la misma, en la fundamental consecuencia que otorga directa e indirectamente a todos, que son la mejora en la atención al público en general y la generación de recursos y  fuentes de empleo locales.

 

Por ello, el Concejo Deliberante de San Antonio de Areco, por unanimidad, resuelve sancionar la siguiente:

 

                                                      ORDENANZA

                                                                                                                   

 

Artículo 1º : Créase el MANUAL PARA PROMOTORES TURISTICOS, de San Antonio -----------------  de Areco, en el ámbito del área de turismo municipal en conjunto con los centros de estudios terciarios, universitarios, para poder ser distribuido entre comerciantes, prestadores y vecinos de nuestra ciudad.-

 

Articulo 2º : A partir de la creación del Manual para promotores turísticos, implementar un ---------------   Programa de Capacitación Obligatoria en Turismo  (PCOT) respecto de la enseñanza de conocimientos de Turismo en general y de turismo en San Antonio de Areco en particular.

 

Artículo 3º : El programa creado en el artículo primero, está destinado a todos los actores ---------------  que directa e indirectamente se relacionen con la actividad en nuestro distrito. De manera genérica comprende a prestadores siendo estos empleadores, empleados y/o agentes públicos que por su desempeño o actividad regularmente toman contacto y mantienen  vínculo con el turista o grupos de turistas de manera regular o periódica.-

 

Artículo 4º : El Departamento Ejecutivo por medio de la Secretaría o Dirección respectiva, ---------------  y el Ente local de Turismo, casas de estudios locales, convenios entre Provincia o Nación y/u otras organizaciones intermedias involucradas serán los encargados del dictado de los cursos y la entrega de los debidos certificados como constancias y que será establecido una vez al año, Dicha capacitación será abierta a todo aquel vecino interesado que no este comprendido en las actividades que se determinen como obligatorias.

 

Artículo 5º : Convocar al Ente Municipal de Turismo y a los prestadores directos e indirectos de servicios al turista,  para establecer un listado de las posibles actividades que estarían comprendidas, como así mismo en la comisión respectiva junto a los actores mencionados en los artículos 2 y 3 acordar en conjunto puntos y aspectos en común para la implementación del presente proyecto.-

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Artículo 6º :  De forma.-

 

 

Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Deliberante de San Antonio de Areco, a los siete días del mes de noviembre del año dos mil dieciocho