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4490-20 - Sello de Calidad Turística Sanitaria

REGISTRADA BAJO EL Nº 4490/20

 

VISTO:

La necesidad de posicionar a San Antonio de Areco como “Destino Seguro”, en virtud del cumplimiento de estándares sanitarios post-pandemia; y

 

CONSIDERANDO:

Que, Villa Gesell, localidad balnearia bonaerense, se encuentra en la fase de prueba del primer protocolo de Calidad Sanitaria en actividades turísticas, incluyendo organismos públicos y privados relacionados con los sectores de hotelería, gastronomía, balnearios, excursiones y esparcimiento;

                               Que, es necesario mantener reuniones periódicas en talleres participativos con prestadores de servicios turísticos, a fin de revisar todos los protocolos  propuestos y, de esta manera, alcanzar un consenso para el cumplimiento estricto de los mismos;

                               Que, es necesario transmitir seguridad, confianza y previsibilidad a los turistas, buscando una rápida recuperación de las consecuencias económicas del proceso de aislamiento y distanciamiento social obligatorio.

 

Por ello, el Concejo Deliberante de San Antonio de Areco resuelve, por mayoría, sancionar la siguiente

ORDENANZA

 

Artículo 1º: Impleméntese el “Sello de Calidad Turística Sanitaria” en el Distrito de San Antonio de Areco.

Artículo 2º: Entiéndase como “Sello de Calidad Turística Sanitaria”  a la certificación de “establecimiento seguro” (Anexo I) que se otorga a las empresas prestadoras de servicios turísticos que cumplen con todos los protocolos sanitarios establecidos por autoridades nacionales, provinciales y municipales, en cumplimiento de las medidas de prevención en materia de COVID-19, y realizan la capacitación sobre manejo de protocolos, medidas de prevención y actuación ante casos sospechosos de COVID-19. Asimismo, se otorgará calcomanía con el sello distintivo para exhibir en el establecimiento, conforme al Anexo II.

Artículo 3º:La implementación del “Sello de Calidad Turística Sanitaria” mencionado en el artículo primero, tendrá los siguientes objetivos:

·         Posicionar y promocionar a San Antonio de Areco como un destino seguro, y así brindar confianza al turista que nos visita.

·         Capacitar a los prestadores turísticos y asegurar que cumplen con todos los protocolos y las medidas sanitarias de prevención, según las normativas nacionales, provinciales y municipales.

·         Certificar que los que cuenten con el sello cumplen las medidas y estén aptos y listos para recibir turistas de una forma segura.

·         Mitigar las posibilidades de contagio del virus COVID-19.

Artículo 4º: La obtención del “Sello de Calidad Turística Sanitaria” conlleva los siguientes beneficios para los prestadores turísticos:

·         Poseer una certificación que garantiza que es un establecimiento seguro, el cual cumple con los protocolos necesarios para la prevención del contagio de COVID-19. Dicha certificación será un plus para el turista a la hora de elegir alojamiento.

·         Acceder a capacitaciones.

 

Artículo 5º: Podrá tramitar el “Sello de Calidad Turística Sanitaria” todo establecimiento turístico que cuente con habilitación municipal.

Artículo 6º:Determínase las siguientes etapas para el acceso al Sello de Calidad Turística Sanitaria:

 

1-    Inscripción de los interesados a participar, confirmando asistencia al correo Esta dirección de correo electrónico está protegida contra spambots. Usted necesita tener Javascript activado para poder verla. .

2-    Capacitación obligatoria sobre el manejo de protocolos y medidas de prevención, a cargo de la Directora de Turismo, la Secretaria de Desarrollo, Producción y Empleo, y el Secretario de Salud.

3-    Se enviará a los asistentes la siguiente información: Recomendaciones para prevenir el contagio de COVID-19, placa con teléfonos de emergencia y checklist.

4-    Inspecciones a establecimientos inscriptos para obtener el “Sello de Calidad Turística Sanitaria”, a cargo de la Secretaría de Producción y Desarrollo, en forma conjunta con la Secretaría de Turismo y Cultura.

5-    Entrega de calco y certificado de “Sello de Calidad Turística Sanitaria” a todos los establecimientos que hayan cumplido con la checklist y la capacitación antes mencionada.

Artículo 7º:Cláusula transitoria: El presente Programa tendrá vigencia hasta tanto perdure la Declaración de Emergencia en Materia de Salud en el Distrito de San Antonio de Areco.

Artículo 8º: De forma.-

 

 

Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Deliberante de San Antonio de Areco, a los veinticinco días del mes de noviembre de 2020.