778/1988-Autoriza al Departamento Ejecutivo
ORDENANZA REGISTRADA BAJO EL Nº 778/1988
VISTO:
La construcción de un Barrio de Viviendas Municipales en la Localidad de Villa Lía, y;
CONSIDERANDO:
La necesidad de dar soluciones al déficit habitacional que afecte al sector de la población de bajos ingresos para evitar que la demanda se acentúe.
Que, el Municipio no cuenta en su haber con muchos predios por esa razón se debe tratar de aprovechar las superficies siempre y cuando se llegue a subdividir lotes con medidas dignas.
Que, la ley 8912 (Ley de ordenamiento territorial y uso del suelo), reglamenta para las áreas urbanos un ancho mínimo por lote de 12 Mts. pero tratándose de subdivisiones de interés social mayor cantidad de lotes y de esa manera contribuir a solucionar dicho problema a mayor cantidad de personas;
El Honorable Concejo Deliberante de San Antonio de Areco, sanciona por unanimidad la siguiente:
ORDENANZA
ARTICULO 1º: Autorizase al Departamento Ejecutivo a realizar la subdivisión con un frente menor a los 12 mts. n de los lotes ubicados en la Circunscripción VI, Sección A, Manzana 39 – en lugar de las dimensiones estipuladas en la Ley 8912 ( Ley de Ordenamiento Territorial y Uso del Suelo) para esa zona, por tratarse de interés municipal y considerando que con la dimensión de 12 mts. reglamentada no se logra la cantidad de lotes necesarios para tal fin.
ARTICULO 2º: De forma.
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de San Antonio de Areco, a los veinticuatro días del mes de Mayo del año mil novecientos ochenta y ocho.