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1713/1995-Concesión de camino ribereño

ORDENANZA REGISTRADA BAJO EL Nº 1713/1995

 

Por ello, el Honorable Concejo Deliberante de San Antonio de Areco, sanciona por unanimidad la siguiente:

 

ORDENANZA

 

ARTICULO 1º: Concédase por el termino de treinta (30) años, el uso y la explotación a título gratuito al Club River Plate del camino ribereño denominado Costanera Galli, en el tramo comprendido por el mencionado Club, según plano adjunto.

 

ARTICULO 2º: En el lugar concedido, el Club no podrá realizar construcciones nio edificaciones de ningún tipo, comprometiéndose al mantenimiento del sector.

 

ARTICULO 3º: De Forma.

 

 

Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de San Antonio de Areco, a los siete días del mes de Diciembre del año mil novecientos noventa y cinco.