1996/1997-Desafectación de inmueble
ORDENANZA REGISTRADA BAJO EL Nº 1996/1997
05.12.97
ADMINISTRATIVA
DESAFECTACIÓN
INMUEBLE
VISTO:
La Ordenanza 1860/96, sancionada oportunamente por el H. C. Deliberante local mediante la cual se autoriza al Departamento Ejecutivo Municipal a efectuar la permuta de Bienes Inmuebles del dominio municipal por uno de propiedad de la Señora Úrsula Ana Elsa Drose de Jordán y Otro (Art. 1º de la misma); y,
CONSIDERANDO:
Que uno de los inmuebles (Parc. 1, Mz. 17M) se encuentra imposibilitado de transmitir por cuanto no se encuentra finalizada la tramitación del Plano G5-28-95 (mensura y subdivisión), lo cual requiere de un tiempo de diligenciamiento y de recursos importantes para oblar la misma.
Que no existen otros bienes inmuebles del dominio municipal como para ofrecer a cambio.
Que los considerandos de la Ordenanza Nº 1860/96, se determina el valor del inmueble a adquirir por el Municipio.
Artículo 1: Desaféctase el Bien Inmueble, propiedad del Municipio, imposibilitado del acto traslativo de la permuta facultada por la Ordenanza respectiva.
Artículo 2: Autorízase al Departamento Ejecutivo a abonar a la Sra. Úrsula Ana Elsa Drose de Jordán, la suma de PESOS SIETE MIL ($ 7.000), en compensación del inmueble imposibilitado de transmitir, suscribiéndose el Convenio respectivo.
Artículo 3: Los gastos que demande lo dispuesto en el Artículo 2 de la presente Ordenanza serán imputados a la siguiente partida de Gastos del Presupuesto vigente:
CARÁCTER I – ADMINISTRACIÓN CENTRAL
Finalidad I – Programa II
Inmuebles 2.5.1.5.