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1996/1997-Desafectación de inmueble

ORDENANZA REGISTRADA BAJO EL Nº 1996/1997

05.12.97

ADMINISTRATIVA

DESAFECTACIÓN

INMUEBLE

VISTO:

La Ordenanza 1860/96, sancionada oportunamente por el H. C. Deliberante local mediante la cual se autoriza al Departamento Ejecutivo Municipal a efectuar la permuta de Bienes Inmuebles del dominio municipal por uno de propiedad de la Señora Úrsula Ana Elsa Drose de Jordán y Otro (Art. 1º de la misma); y,

CONSIDERANDO:

Que uno de los inmuebles (Parc. 1, Mz. 17M) se encuentra imposibilitado de transmitir por cuanto no se encuentra finalizada la tramitación del Plano G5-28-95 (mensura y subdivisión), lo cual requiere de un tiempo de diligenciamiento y de recursos importantes para oblar la misma.

Que no existen otros bienes inmuebles del dominio municipal como para ofrecer a cambio.

Que los considerandos de la Ordenanza Nº 1860/96, se determina el valor del inmueble a adquirir por el Municipio.

Artículo 1: Desaféctase el Bien Inmueble, propiedad del Municipio, imposibilitado del acto traslativo de la permuta facultada por la Ordenanza respectiva.

Artículo 2: Autorízase al Departamento Ejecutivo a abonar a la Sra. Úrsula Ana Elsa Drose de Jordán, la suma de PESOS SIETE MIL ($ 7.000), en compensación del inmueble imposibilitado de transmitir, suscribiéndose el Convenio respectivo.

Artículo 3: Los gastos que demande lo dispuesto en el Artículo 2 de la presente Ordenanza serán imputados a la siguiente partida de Gastos del Presupuesto vigente:

CARÁCTER I – ADMINISTRACIÓN CENTRAL

Finalidad I – Programa II

 

Inmuebles 2.5.1.5.