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3370/2008-Aclaratoria

ORDENANZA REGISTRADA BAJO EL N° 3370/2008

VISTO:

La presentación efectuada por el Consejo Escolar de San Antonio de Areco en expediente administrativo N° 4102-0032/08 a fs 44, y;

CONSIDERANDO:

Que la Ordenanza N° 2996/05hace mención al inmueble designado catastralmente como Circo 1, SeccC, Qta41, PC. 2, Partida 243 del Partido de San Antonio de Areco, destinado a la construcción de la Escuela de Artes N° 1, en una fracción de lote del 25 % de la resultante de la subdivisión total del inmueble en cuestióncon frente a la calle Quetgles y Rivadavia.

Que a fs36 y 39/40 obran Cedula Catastral y Matricula de las cuales se identifica al inmueble catastralmente como Circo 1, Secc. C, Qta. 41, PC. 2a, Partida 243.

Oue la Dirección General de Cultura y Educación de la Provincia de buenos Aires, a través de la Dirección de Propiedades, (fs 43) solicita la rectificación de la Parcela en la cual se construirá la Escuela de Artes N° 1 de San Antonio de Areco, aprobada por Ordenanza N° 2996/05.

Por ello, el Honorable Concejo Deliberante de San Antonio de Arecoresuelve por unanimidad emitir la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1°: A todos los efectos que pudieren corresponder, aclárese que la parcela objeto de la construcción de la Escuela de Bellas Artes N° 1, corresponde al inmueble identificado catastralmente como Circo 1, Secc. e, Ota. 41, PC. 2a, Partida 243 de San Antonio de Areco (095)dejándose sin efecto la mencion realizada en la Ordenanza 2996/05 a la parcela, Circ. I, Secc C, Qta. 41, Pc. 2 Partida 243 de San Antonio de Areco.

 

Artícul3°: De forma.

 

 

Dada en la Sala de Sesiones deHonorable Concejo Deliberante de San Antonio de Arecolos Veintisiete días del mes de Octubre del año Dos Mil Ocho.