3381/2008-Autoriza venta
ORDENANZA REGISTRADA BAJO EL N° 3381/2008
VISTO:
La presentación efectuada por el Sr. Alesci, José Antonio y Sra. Haydee en expediente administrativo N° 4102-1295- Al08, y;
CONSIDERANDO:
Que el Sr. Alesci, José Antonio L.E. N° 4.732.712 Y la Sra.
González, Haydee Elda L.C. N° 5.438.122, han sido instituidos únicos herederos de Don Alberto Juan Sois y Sra. María Julia Ramírez, según declaratoria de Herederos (fs 4) y Escritura de Protocolización del Testamento (fs. 5) que estos últimos, habían adquirido mediante Boleto de Compra Venta de fecha 30/07/1986 un inmueble identificado catastralmente como Circo 1, Secc. C, Qta. 13, Mz. 130, Pc. 7, Partida Inmobiliaria 12312, Matricula 3738 (095) del Partido de San Antonio de Areco.
Que el mencionado inmueble es propiedad de la Municipalidad de San Antonio de Areco, se adjunta informe de Catastro (fs. 15) encontrándose totalmente cancelado (fs. 19) en tiempo y forma el saldo de precio conforme cláusula segunda del contrato suscripto (fs. 17 y 18).
Que recientemente, fuera recientemente vendido por Alesci-González.
Que corresponde al H.C.D., autorizar la venta de bienes de la Municipalidad conforme a lo establecido en el artículo 54° de la L.O.M.-
Por ello, el Honorable Concejo Deliberante de San Antonio de Areco, resuelve por mayoría sancionar la siguiente:
ORDENANZA
Artículo 1°: Autorizase a la Municipalidad de San Antonio de Areco a proceder a la venta del inmueble propiedad de la Municipalidad de San Antonio de Areco, designado catastralmente como Circo 1, Secc. C, Qta. 13, Mz. 130, Partida Inmobiliaria 12312, Matricula 3738 (095) del Partido de San Antonio de Areco.
Artículo 2°: Autorizase, conforme lo establecen las normas vigentes a realizar la Escritura Traslativa de Dominio.
Artículo 3°: De forma.
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de San Areco, a los Diez día del mes deNoviembre del año Dos Mil Ocho.