3403/2008-Concesión a la Cooperadora del Hospital
ORDENANZA REGISTRADA BAJO EL N° 3403/2008
VISTO:
La Ordenanza Municipal registrada bajo el N° 3181/07, y;
CONSIDERANDO:
Que, el Departamento Ejecutivo percibe la necesidad de aumentar los ingresos destinados al Hospital Emilio Zerboni.
Que, es el único nosocomio local y dada la situación social y económica de la comunidad muchos pacientes carecen de obra social.
Que, es un deber indelegable del Estado velar por la salud de la población.
Que, se ha evaluado el destino dado oportunamente al inmueble de propiedad municipal sito en Circo V, Pc. 621 r y 621s, plano 95- 25-58.
Que, el Departamento Ejecutivo está financiando las obras de construcción necesarias para el traslado del Hogar Canino al predio asignado para el mismo, y con los gastos de funcionamiento de los mismos.
Por ello, el Honorable Concejo Deliberante de San Antonio de Areco, resuelve por mayoría sancionar la siguiente:
ORDENANZA
Artículo 1°: Deróguese la Ordenanza Municipal N° 3181/2007.
Artículo 2°: Concédase a la Cooperadora del Hospital Municipal Emilio Zerboni, a título gratuito, por el término de 3 (tres) años, el inmueble designado catastralmente como Circo V, PC. 621 r y 621s, plano 95-25-58 de propiedad municipal, para la explotación agropecuaria y/o uso permitido en la zona por sí o por terceros.
Artículo 3°: La Cooperadora del Hospital Municipal Emilio Zerboni, destinara el usufructo de lo producido por la explotación comercial del predio para solventar gastos propios de la entidad.
Artículo 4°: Autorizase al Departamento Ejecutivo a suscribir contrato de comodato correspondiente, estableciendo como cargo el destino asignado en el artículo 2 del presente proyecto de ordenanza.
Artículo 5°: De forma.
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de San Antonio de Areco, a los Quince días del mes de diciembre del año Mil Ocho.