4334-18 - Esp. Verde Inscrip. a Municipio
REGISTRADA BAJO EL Nº 4.334 / 18
VISTO:
El Decreto Ley 8912/77, ley 10.707 de Catastro de la Provincia de Buenos Aires, la disposición Técnico Registral Nº 2 del Registro de la Propiedad de la Provincia de Buenos Aires, el Código de Ordenamiento Territorial para el partido de San Antonio de Areco, el Expediente 4102-383/2014, el plano número 95-17-1999 y;
CONSIDERANDO:
Que en vistas a lograr una regulación efectiva de aprobación de planos de mensura y subdivisiones que se presentan ante esta Municipalidad, la determinación de áreas destinadas a espacios verdes y reservas para equipamiento comunitario es un aspecto sumamente importante dentro de la Agencia Municipal de Hábitat y su ordenamiento territorial;
Que mediante plano de Mensura y División Característica 95-17-1999, Propiedad del Señor Pedro Claudio Pollier, confeccionado por el Agrimensor Manuel F. Caldera Mat. Nº 1712 Dist. I, aprobado por la Dirección de Geodesia Departamento de Fiscalización Parcelaria, surge Espacio Verde Libre y Público cedido en un todo de acuerdo a lo prescripto por el Art. 56º del Decreto Ley 8912 que en su parte pertinente dice “Al crear o ampliar núcleos urbanos, áreas y zonas, los propietarios de los predios involucrados deberán ceder gratuitamente al Estado Provincial las superficies destinadas a espacios circulatorios, verdes, libres y públicos y a reservas para la localización de equipamiento comunitario de uso público, de acuerdo con los mínimos que a continuación…”;
Que resulta ser de dominio Municipal de acuerdo al Art. 1º del decreto- Ley 9533, que literalmente trascripto dice: “Constituyen bienes del dominio público municipal las calles o espacios circulatorios, ochavas, plazas y espacios verdes o libres públicos que se hubieren incorporado al dominio provincial con anterioridad a esta Ley y los inmuebles que en el futuro se constituyan para tales destinos en virtud de lo dispuesto por la Ley 8912 -de Ordenamiento Territorial y Uso del Suelo-.”;
Que conforme lo dispuesto en el Decreto Ley 9533 en su Art. 3º en los supuestos de cesiones futuras a las Municipalidades por aplicación de la Ley 8912 y normas complementarias, la aceptación de las mismas se entenderá completada al aprobarse el plano respectivo por los organismos competentes; a los efectos de la inscripción en el Registro de la Propiedad Inmueble a nombre de la Municipalidad de San Antonio de Areco, corresponde el dictado de la presente norma legal, quedando aceptado el Espacio Verde y Equipamiento Comunitario cedido por el citado plano.
Que el Señor Pedro Claudio Pollier, presentaron para su aprobación, un proyecto de subdivisión ante esta Municipalidad mediante expediente 4102-100-A/1997, aprobado según plano número 95-17-1999 en el que constan la cesión; / / /
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Que el particular pretende realizar dichas cesiones en favor de esta Municipalidad debiendo por ello el Concejo Deliberante sancionar una ordenanza específica de aceptación del espacio verde, Libre y público;
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el Art. 24 de la Ley Orgánica de Municipalidades, Decreto Ley Nº 6769/58;
Por ello, el Concejo Deliberante de San Antonio de Areco, por unanimidad, resuelve sancionar la siguiente:
ORDENANZA
Artículo 1º: Ordénese la inscripción de la parcela designada catastralmente como: Circunscripción I, Sección C, Quinta 18, Parcela 9, con una superficie de 447,29 m2 (cuatrocientos cuarenta y siete 29/100 metros cuadrados), resultante del plano de mensura como espacio verde libre y público Nº 95-17-1999.
Artículo 2º: Autorícese a confeccionar minuta de inscripción de la parcela mencionada, Disposición Técnico Registral Nº 2 del Director Provincial del Registro de la Propiedad de la Provincia de Buenos Aires.
Artículo 3º: La Municipalidad de San Antonio de Areco tomará posesión de las parcelas ---------------- cedidas descriptas en el Artículo 1º, a partir de la fecha de promulgación de la presente Ordenanza.
Artículo 4º : De forma.
Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Deliberante de San Antonio de Areco, a los once días del mes de julio del año dos mil dieciocho.
B. Mitre 390 – San Antonio de Areco – Tel. 02326-455190
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