4410-19 - Regularización Dominial - Piccirilli, M.B.
REGISTRADA BAJO EL Nº 4.410 / 19
VISTO:
El Expediente de referencia Nº 4102-0327-P/13, las Ordenanzas Nº 3796/13, Nº 4119/16 y el Decreto 1440/16; y
CONSIDERANDO:
Que, es una política definida de la actual gestión municipal facilitar el acceso a la tierra y a la vivienda de los habitantes del Partido utilizando todas las herramientas legales que permitan a este Municipio avanzar en políticas públicas de vivienda con fines sociales, entre ellas, las que permitan facilitar a sectores imposibilitados económicamente de abonar los costos de escrituración, los trámites necesarios a tal fin;
Que, en ese marco, la Sra. Mirta Beatriz Piccirilli, DNI Nº 5.971.549 y su familia, a través del Expediente de referencia, solicitan la regularización dominial del inmueble designado catastralmente como: Circ. I, Secc. B, Mza. 143, Parcela 8 A, Partida Inmobiliaria 1254, cuya posesión del mismo la ejercen desde hace más de 20 años (Art.1.928 CCyC);
Que, en estas actuaciones obra información sumaria con declaración de testigos que dan cuenta de la posesión por parte de la Sra. Piccirilli;
Que, conforme a la encuesta social agregada la Sra. Piccirilli habita el inmueble en cuestión junto a su grupo familiar;
Que, el inmueble ut supra mencionado es de propiedad de la Municipalidad de San Antonio de Areco, inscripto en la matrícula 5745 de fecha 9/4/1980;
Que, atento nunca haberse confeccionado la Escritura traslativa de dominio del inmueble en favor de la solicitante, la Municipalidad de San Antonio de Areco continúa figurando como titular registral;
Que, resulta necesario consolidar jurídicamente dicha realidad por lo que se considera conveniente efectuar la cesión gratuita del inmueble a favor de la Sra. Mirta Beatriz Piccirilli, DNI Nº 5.971.549, designado catastralmente como Circ. I, Secc. B, Mza. 143; Parcela 8 A, Partida Inmobiliaria 1254, inscripto en el Registro de la Propiedad Inmueble de la Provincia de Buenos Aires a nombre de la Municipalidad de San Antonio de Areco bajo la matrícula 5745:
Que, de acuerdo a lo dispuesto por el Artículo 2º y 4º inciso d); de la Ley 10.830, la Escribanía General de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, se encuentra facultada para intervenir en la regularización dominial, de situaciones de interés social como la presente;
Por ello, el Concejo Deliberante de San Antonio de Areco, por unanimidad, resuelve sancionar la siguiente:
ORDENANZA
REGISTRADA BAJO EL Nº 4.410 / 19
Artículo 1º : Cédase gratuitamente a la Sra. Mirta Beatriz Piccirilli, DNI Nº 5.971.549 el
---------------- inmueble designado catastralmente como Circ. I, Sec. B, Mza. 143, Parcela 8 A, Partida Inmobiliaria 1254, inscripto en el Registro de la Propiedad Inmueble de la Provincia de Buenos Aires a nombre de la Municipalidad de San Antonio de Areco bajo la matrícula5745.
Artículo 2º : Declárase de Interés Social la regulación dominial del inmueble designado
--------------- como Circ. I, Sec. B, Mza. 143, Parcela 8 A, Partida Inmobiliaria 1254, de la localidad de San Antonio de Areco;
Artículo 3º : Requiérase la intervención de Escribanía General de Gobierno de la
---------------- Provincia de Buenos Aires, a los fines del otorgamiento de los actos notariales correspondientes, a favor de la Sra. Mirta Beatriz Piccirilli, DNI Nº 5.971.549, conforme a lo previsto por los Artículos 2º y 4º inciso d) de la Ley 10.830.
Artículo 4º : Dejase establecido que la posesión real y efectiva del citado inmueble se
--------------- encuentra en poder de la peticionante, donde se encuentra su vivienda.
Artículo 5º : Comuníquese, Regístrese, Publíquese y oportunamente archívese.
Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Deliberante de San Antonio de Areco, a los veintisiete días del mes de noviembre del año dos mil diecinueve