4.321-18 - Adherir a Plan Nac. 1ª Infancia - copia
REGISTRADA BAJO EL Nº 4.321 / 18
VISTO:
El Decreto Nº 574/2016 del Poder Ejecutivo Nacional a través del cual se aprueba el Plan Nacional de Primera Infancia; y
CONSIDERANDO:
Que, el Plan Nacional de Primera Infancia es una herramienta destinada a garantizar el desarrollo integral de niños y niñas de 45 días a 4 años de edad inclusive, en situación de vulnerabilidad social en pos de favorecer la promoción y protección de sus derechos;
Que, este Plan cuya implementación se encuentra a cargo del Ministerio de Desarrollo Social tiene por objeto preservar en su condición superior a los niños de entre los 45 días a los 4 años apuntando a la máxima satisfacción integral y simultánea de los derechos y garantías que a ellos se les reconoce, entre los que se encuentra el derecho a la buena calidad de vida, educación, salud, como así también la seguridad social;
Que, en este marco, resulta conveniente que la Municipalidad de San Antonio de Areco pueda articular con el Ministerio de Desarrollo Social la implementación de dicho Plan en nuestro Distrito, para lo cual es preciso adherir a dicha norma;
Por lo demás, los beneficios o subsidios que puedan obtenerse en el marco del Plan Nacional de Primera Infancia no resultan excluyentes de otros beneficios o subsidios que puedan obtenerse de otras jurisdicciones. .
Por ello, el Concejo Deliberante de San Antonio de Areco, por unanimidad, resuelve sancionar la siguiente:
ORDENANZA
Artículo 1º : Adhiérase al Plan Nacional de Primera Infancia del Ministerio de Desarrollo
--------------- Social de la Nación (Decreto Nº 574/2016);
Artículo 2º : Encomiéndese a la Secretaría de Inclusión Social que lleve adelante las
---------------- gestiones necesarias a fin de avanzar en el implementación del citado Plan en nuestra Localidad.
Artículo 3º : De forma.
Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Deliberante de San Antonio de Areco, a los seis días del mes de junio del año dos mil dieciocho

