1198/1991-Autorización aplicación tarifas-consumos mes de Enero
ORDENANZA REGISTRADA BAJO EL Nº 1.198/1.991
1198,91
14.2.91
AUMENTO ENERGÍA ELÉCTRICA CEOSP
Artículo 1 : Autorízase a la Coop. de Electricidad CEOSP de San Antonio de Areco a aplicar el siguiente cuadro tarifario para la facturación del servicio de energía de los consumos del mes de enero, vencimiento febrero de mil novecientos noventa y uno.
Residencial
Cuota fija con derecho a 40 kWh A 19.231,22 por mes
Los siguientes 40 kWh A 419,01 por kWh
45 A 687,61
35 kWh A 701,32
50 kWh A 795,80
100 kWh A 927,04
Excedente de 310 kWh A 1.020,74
Servicio General Comercial e Industrial
Cuota fija haya o no consumo A 20.364,66 por mes
Los primeros 250 kWh A 809,65 por kWh
Los siguientes 1200 kWh A 816,45
Los siguientes 2500 kWh A 841,06
Excedente de 3950 kWh A 856,57
Gobierno e Instituciones
Cuota fija haya o no consumo A 20.364,66 por mes
Los primeros 250 kWh A 809,65 por kWh
Los siguientes 1200 kWh A 816,45
2500 kWh A 841,06
Excedente de 3950 kWh A 856,57
Medianas Potencias
Cargo Fijo A 44.317,32 por mes
Cargo Pico A 471,32 por kWh
Cargo fuera de Pico A 198,40
Grandes Potencias
Cargo Fijo A 40.243,62 por mes
Cargo Pico A 339,39 por kWh
Cargo variable Valle A 160,18
Cargo Variables horas restantes A 208,09
Alumbrado Público
Con medición de Energía A 613,41 por kWh
Artículo 2 : A las tarifas fijadas en el artículo anterior deberán adicionárseles los impuestos que graven directamente el consumo de energía eléctrica y lo estipulado en la Ordenanza General 432 del 27.5.86.
Artículo 3 : La presente ordenanza regirá a partir de la fecha de su sanción por este HCD.