1204/1991-Autorizar cuadro tarifario-consumos Marzo
ORDENANZA REGISTRADA BAJO EL Nº 1.204/1.991
1204,91
24.4.91
AUMENTO ENERGÍA ELÉCTRICA CEOSP
Artículo 1 : Autorízase a la Coop. de Electricidad CEOSP de San Antonio de Areco a aplicar el siguiente cuadro tarifario para la facturación del servicio de energía de los consumos del mes de Marzo, vencimiento Abril de mil novecientos noventa y uno.
Residencial
Cuota fija con derecho a 40 kWh A 19.231,22 por mes
Los siguientes 40 kWh A 419,01 por kWh
45 A 687,61
35 kWh A 701,32
50 kWh A 795,80
100 kWh A 927,04
Excedente de 310 kWh A 1.020,74
Servicio General Comercial
Cuota fija haya o no consumo A 25.048,38 por mes
Los primeros 250 kWh A 994,98 por kWh
Los siguientes 1200 kWh A 1.004,18
Los siguientes 2500 kWh A 1.034,54
Excedente de 3950 kWh A 1.053,40
Servicio General Industrial
Cuota fija haya o no consumo A 25.048,38 por mes
Los primeros 250 kWh A 994,98 por kWh
Los siguientes 1200 kWh A 1.004,18
Los siguientes 2500 kWh A 1.034,54
Excedente de 3950 kWh A 1.053,40
Gobierno e Instituciones
Cuota fija haya o no consumo A 25.048,38 por mes
Los primeros 250 kWh A 994,98 por kWh
Los siguientes 1200 kWh A 1.004,18
Los siguientes 2500 kWh A 1.034,54
Excedente de 3950 kWh A 1.053,40
Medianas Potencias
Cargo Fijo A 54.510,46 por mes
Cargo Pico A 579,60 por kWh
Cargo fuera de Pico A 244,26
Grandes Potencias
Cargo Fijo A 49.499,68 por mes
Cargo Pico A 417,68 por kWh
Cargo variable Valle A 196,88
Cargo Variables horas restantes A 255,76
Alumbrado Público
Con medición de Energía A 735,08 por kWh
Artículo 2 : A las tarifas fijadas en el artículo anterior deberán adicionárseles los impuestos que graven directamente el consumo de energía eléctrica.
Artículo 3 : La presente ordenanza regirá a partir de la fecha de su sanción por este HCD.