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1204/1991-Autorizar cuadro tarifario-consumos Marzo

ORDENANZA REGISTRADA BAJO EL Nº 1.204/1.991

1204,91

24.4.91

AUMENTO ENERGÍA ELÉCTRICA CEOSP

 

Artículo 1 : Autorízase a la Coop. de Electricidad CEOSP de San Antonio de Areco a aplicar el siguiente cuadro tarifario para la facturación del servicio de energía de los consumos del mes de Marzo, vencimiento Abril de mil novecientos noventa y uno.

 

Residencial

 

Cuota fija con derecho a 40 kWh A 19.231,22 por mes

Los siguientes 40 kWh A 419,01 por kWh

45 A 687,61

35 kWh A 701,32

50 kWh A 795,80

100 kWh A 927,04

Excedente de 310 kWh A 1.020,74

 

Servicio General Comercial

Cuota fija haya o no consumo A 25.048,38 por mes

Los primeros 250 kWh A 994,98 por kWh

Los siguientes 1200 kWh A 1.004,18

Los siguientes 2500 kWh A 1.034,54

Excedente de 3950 kWh A 1.053,40

 

Servicio General Industrial

Cuota fija haya o no consumo A 25.048,38 por mes

Los primeros 250 kWh A 994,98 por kWh

Los siguientes 1200 kWh A 1.004,18

Los siguientes 2500 kWh A 1.034,54

Excedente de 3950 kWh A 1.053,40

 

Gobierno e Instituciones

Cuota fija haya o no consumo A 25.048,38 por mes

Los primeros 250 kWh A 994,98 por kWh

Los siguientes 1200 kWh A 1.004,18

Los siguientes 2500 kWh A 1.034,54

Excedente de 3950 kWh A 1.053,40

 

Medianas Potencias

Cargo Fijo A 54.510,46 por mes

Cargo Pico A 579,60 por kWh

Cargo fuera de Pico A 244,26

 

Grandes Potencias

Cargo Fijo A 49.499,68 por mes

Cargo Pico A 417,68 por kWh

Cargo variable Valle A 196,88

Cargo Variables horas restantes A 255,76

 

Alumbrado Público

Con medición de Energía A 735,08 por kWh

 

 

 

 

Artículo 2 : A las tarifas fijadas en el artículo anterior deberán adicionárseles los impuestos que graven directamente el consumo de energía eléctrica.

 

Artículo 3 : La presente ordenanza regirá a partir de la fecha de su sanción por este HCD.