3341/2008-Donación al Centro Tecnológico Comunitario
ORDENANZA REGISTRADA BAJO EL N° 3341/2008
VISTO:
Las actuaciones obrantes en expediente administrativo N° 41 02-1 026-M/08 de las que surge, que se dona al Municipio un equipo 1 (uno) CPU ACERXD294000087, 1(uno) SCANNER scanprisa ACAER 9167524 AQA11702554552000S 1 (uno) MONITOR PHILlPS 105E 19-92, 1 (uno) TECLADO HACER 6512P, y;
CONSIDERANDO:
Que, la voluntad del donante es que el bien integre el Patrimonio Municipal con destino exclusivo al Centro Tecnológico Comunitario de San Antonio de Areco.-
Que, el articulo 57° de la Ley Orgánica de las Municipales establece que es el Honorable Concejo Deliberante quien aceptara o rechazara las donaciones.-
Por ello, el Honorable Concejo Deliberante de San Antonio de Areco, resuelve por unanimidad, sancionar la siguiente:
ORDENANZA
Articulo 1°: Aceptase la donación de 1 (uno) equipo para computación integrado por: 1 (uno) CPU ACERXD294000087, 1(uno) SCANNER sea prisa ACAER 9167524 AQA11702554552000S 1 (uno) MONITOR PHILlPS 5E 19-92, 1 (uno) TECLADO HACER 6512P, los elementos mencionados con anterioridad serán destinados para uso exclusivo del Centro Tecnológico Comunitario de nuestra localidad.-
Co un valor total aproximado de $ 310 (PESOS TRESCIENTOS DIEZ).-
Articulo 2º : Agradézcase por donde corresponda al donante.-
Articulo 3°: De forma.-
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de San Antonio de Areco, a los Catorce días del mes de Julio del año Dos Mil Ocho