3061/2006-Eximicion tasas Clubes Sociales y Deportivos
ORDENANZA REGISTRADA BAJO EL Nº 3061/2.006.-
3061
26.6.06
ADMINISTRATIVA
AUTORIZACIÓN
EXIMICIÓN
TASAS
CLUBES SOCIALES Y DEPORTIVOS
VISTO:
La presentación efectuada por los Clubes Sociales y Deportivos de San Antonio de Areco, que diera origen al expediente administrativo N° 4102-0109-C/06, 4102-0009-C/06, y;
CONSIDERANDO:
Que solicitan la eximisión de la Tasa de servicios urbanos por inmuebles de su propiedad designado catastralmente como Circ. I, Secc A Mz 22, (contribuyente N° 56700) y Mz 17 A Pe 2, 16, 1, 17, 15,(contribuyente N° 640500, 642200, 640400, 642300,642100).
Que las instituciones peticionantes realizan una importante labor cultural de recreación abierta a la Comunidad de nuestro Pueblo.
Que la instituciones solicitantes han cedido a la Municipalidad de San Antonio de Areco, las instalaciones para la práctica deportiva y cultural dependiente de la escuela Municipal de deportes y Dirección de Cultura respectivamente.
Que estas entidades reconocidas como entidad de bien público y con personería jurídica acreditadas son pasibles de ser eximidas de tasas Municipales.
Artículo 1°: Exímase a todos los Clubes Sociales y Deportivos de San Antonio de Areco, con personería jurídica, del pago de la Tasa por Servicios Urbanos, que graven aquellos inmuebles de su propiedad, cuyas instalaciones hayan sido cedidas en virtud de la prestación de algún uso y/o servicio a la Municipalidad, o bien que ejecuten programas deportivos aprobados por la Dirección de Deportes Municipal, por el ejercicio 2006.

