3130/2006-Eximicion tasas Club Progreso Villa Lia
ORDENANZA REGISTRADA BAJO EL Nº 3130/2.006.-
3130
15.11.06
ADMINISTRATIVA
EXIMICIÓN
TASAS
CLUB PROGRESO
VILLA LÍA
VISTO :
La petición realizada por el Club Social y deportivo "Progreso de Villa Lia" y;
CONSIDERANDO:
Que en expediente administrativo N° 4102-1558-C/06, solicita la eximision de la Tasa de Seguridad e Higiene que tributa por el Salón de Fiestas habilitado a tal fin en las instalaciones de la sede social.
Que las entidades sociales reconocidas como entidad de Bien Público y con Personería Jurídica acreditada son pasibles de ser eximidas de Tasas municipales.
Que la Institución solicitante ha cedido a la Municipalidad de San Antonio de Areco, las instalaciones para la práctica deportiva y cultural dependiente de la Escuela Municipal de Deportes y Dirección de Cultura respectivamente.
Artículo 1°: Exímase a todos los Clubes Sociales y Deportivos del Partido de San Antonio de Areco, con Personería Jurídica, del pago de la Tasa de Seguridad e Higiene, qué tributan por la habilitación del Salón de Fiestas en aquellos inmuebles de su propiedad y cuyas instalaciones hayan sido cedidas en virtud de la prestación de algún uso y/o servicio a la Municipalidad o bien que ejecuten programas deportivos y/o culturales aprobados por la Dirección de Deportes y/o Cultura Municipal por el ejercicio 2006.

