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3309/2008-Eximicion tasa Asociaciones Bomberos Voluntarios

ORDENANZA REGISTRADA BAJO EL Nº 3309/2008

 

VISTO:

La petición realizada por la Asociación de Bomberos Voluntarios de San Antonio de Areco, en expediente administrativo Nº 4102-0540- A/08, y;

 

CONSIDERANDO:

Que, solicita la exención de la Tasa por Servicios Urbanos Municipales del inmueble de su propiedad ( Circ. I, Secc. B, Mz. 94, Pc. 15 c y d).-

Que, las entidades sociales reconocidas como Entidad de Bien Publico y con Personería Jurídica acreditada son pasibles de ser eximidas de Tasa Municipales.-

Que, la institución solicitante posee una trayectoria de servicio la comunidad.-

 

Por ello, el Honorable Concejo Deliberante de San Antonio de Areco, resuelve por unanimidad, sancionar la siguiente:

 

 

ORDENANZA

 

 

Articulo 1º: Exímase a todas las Asociaciones de Bomberos Voluntarios de San Antonio de Areco, con Personería Jurídica, del pago de la Tasa Servicios Urbanos Municipales, que graven aquellos inmuebles de su propiedad por el ejercicio 2008.-

 

Articulo 2º: De forma.-

 

 

Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de San Antonio de Areco, a los Doce días del mes de Mayo del año Dos Mil Ocho.-