3522/2010-condonacion deuda firma San Jose SCA
ORDENANZA REGISTRADO BAJO EL Nº 3522 - 2010
VISTO:
La Ordenanza Nº 3168/07, por la cual se eximió del pago de la Tasa de Conservación de la Red Vial a la firma San José S.C.A. por sus fracciones de campo ubicadas en Circ. VI, Secc. Rural, Pc. 903 D y 904 H y Circ. II, Secc. Rural Pc. 10 A, por los años 2002 al 2006 inclusive, y
CONSIDERANDO:
Que dicha empresa continúa cediendo tosca a éste Municipio;
Que es necesario regularizar todo tipo de exenciones no renovadas conforme a la legislación vigente para proceder a la baja de la deuda del sistema informático;
Que es necesario generar el acto administrativo por el cual se normalice esta situación en particular durante el tiempo que dure la cesión de tosca por parte de dicha Empresa a la Municipalidad;
Que se le ha dado intervención a las áreas competentes, donde se ratifica la extracción de tosca y trabajos realizados como así también cantidad de viajes efectuados.
Por ello, el Honorable Concejo Deliberante de San Antonio de Areco, resuelve por unanimidad sancionar la siguiente:
ORDENANZA
Artículo 1º : Condónase la deuda que registra la firma "San José S.C.A." en la
Tasa por Conservación y Reparación de la Red Vial Municipal por fracciones de campo ubicadas en la Circ. VI, Secc.Rural, Mz. R, Pc. 903 S, 903 W, 903 T, 903 K, 903 R, 903 y 903 P, 903 N, 903 X, 903 U, 903 M, y Circ. II, Secc. Rural, Pc. 10 A, por el período 2007 hasta el 2008 inclusive.
Artículo 2º : Exímase a la firma "San José S.C.A." del pago de la Tasa por / /
Conservación y Reparación de la Red Vial Municipal por fracciones de campo ubicadas en la Circ. VI, Secc.Rural, Mz. R, Pc. 903 S, 903 W, 903 T, 903 K, 903 R, 903 y 903 P, 903 N, 903 X, 903 U, 903 M, y Circ. II, Secc. Rural, Pc. 10 A, por el período fiscal 2009.
Artículo 3º : De forma.
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de San Antonio de Areco, a los diecinueve días del mes de abril del año dos mil diez.

