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3552/2010-Eximicion pago de tasas Asociaciones Bomberos Voluntarios

ORDENANZA REGISTRADA BAJO EL Nº 3552-10

 

 

VISTO:

La petición realizada por la Asociación de Bomberos Voluntarios de San Antonio de Areco, en Expediente Administrativo Nº 4102-0306-A/10; y

 

CONSIDERANDO:

 

Que solicita la exención de la Tasa por Servicios Urbanos Municipales del inmueble de su propiedad – Circ. I, Sec. B, Mz. 94, Pc. 15 c y 15 d -;

Que las entidades sociales reconocidas como Entidad de Bien Público y con Personería Jurídica acreditada, son pasibles de ser eximidas de Tasas Municipales;

Que la Institución solicitante posee una trayectoria al servicio de la Comunidad.

 

Por ello, el Honorable Concejo Deliberante de San Antonio de Areco, resuelve por unanimidad, sancionar la siguiente:

 

ORDENANZA

 

 

Artículo 1º : Exímase a todas las Asociaciones de Bomberos Voluntarios de San Antonio de Areco, con Personería Jurídica, del pago de la Tasa Servicios Ur-

banos Municipales, que graven aquellos inmuebles de su propiedad por el ejercicio fiscal 2010.

 

Artículo 2º : De forma.

 

Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de San Antonio de Areco, a los veintidós días del mes de junio del año 2010.