3552/2010-Eximicion pago de tasas Asociaciones Bomberos Voluntarios
ORDENANZA REGISTRADA BAJO EL Nº 3552-10
VISTO:
La petición realizada por la Asociación de Bomberos Voluntarios de San Antonio de Areco, en Expediente Administrativo Nº 4102-0306-A/10; y
CONSIDERANDO:
Que solicita la exención de la Tasa por Servicios Urbanos Municipales del inmueble de su propiedad – Circ. I, Sec. B, Mz. 94, Pc. 15 c y 15 d -;
Que las entidades sociales reconocidas como Entidad de Bien Público y con Personería Jurídica acreditada, son pasibles de ser eximidas de Tasas Municipales;
Que la Institución solicitante posee una trayectoria al servicio de la Comunidad.
Por ello, el Honorable Concejo Deliberante de San Antonio de Areco, resuelve por unanimidad, sancionar la siguiente:
ORDENANZA
Artículo 1º : Exímase a todas las Asociaciones de Bomberos Voluntarios de San Antonio de Areco, con Personería Jurídica, del pago de la Tasa Servicios Ur-
banos Municipales, que graven aquellos inmuebles de su propiedad por el ejercicio fiscal 2010.
Artículo 2º : De forma.
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de San Antonio de Areco, a los veintidós días del mes de junio del año 2010.

