2068/1998-Venta de ganado
ORDENANZA REGISTRADA BAJO EL Nº 2068/1.998
2068
15.10.98
ADMINISTRATIVA
AUTORIZACIÓN
VENTA GANADO PARQUE CRIOLLO
VISTO:
La solicitud del señor Director del Parque Criollo y Museo Gauchesco Ricardo Güiraldes, sobre la venta de animales, y;
CONSIDERANDO:
Que las reservas de pasturas que el predio del Parque Criollo y Museo Gauchesco Ricardo Güiraldes posee, son escasos o inexistentes, debido a factores climáticos y regenerativos del suelo donde no se permite ningún trabajo de sembradío o mejoramiento de pasturas, agravándose la situación en épocas invernales y más aún en la actualidad donde sumado a lo descripto, ha crecido la población bovina y equina en forma sustancial, lo que acarrea que en ellos se reproduzca una acentuada desnutrición que inevitablemente ha llegado a la mortandad de animales por inanición, cosa que desde todo punto de vista es inadmisible, pero que de no reducir la cantidad de animales se seguirá sin solución alguna, pues la compra de pasto seco, además de no cubrir las necesidades básicas de alimentación que se requiere, tiene una erogación para la Municipalidad que es imposible de realizar debido a los costos y a la cantidad que se requiere, agregándose que es de urgente necesidad introducir sangre nueva, pues ocurre que a veces los servicios son entre padres e hijos, y la solución que se tiene a este tema es aceptar la donación de animales que en estos momento es ofrecida, pero las condiciones antes descriptas hace que sea imposible recibirlas, pues agravaría la situación en que se encuentra el ganado existente.
Artículo 1 : Autorízase la venta de: Cinco yeguas madres, Ocho potrancas, Diecisiete potrillos, Un caballo de andar, Ocho vaquillonas, Seis novillitos, Tres vacas, Dos terneros y una ternera.
Todos de la marca y propiedad del Parque Criollo y Museo Gauchesco Ricardo Güiraldes.
Artículo 2 : Los animales descriptos en el Art. 1 serán subastados públicamente en la feria de Carmen de Areco o en la que fecha inmediata corresponda, una vez aprobada la presente.
Artículo 3 : Lo recaudado por la subasta, será destinado enteramente a renovación de animales y mantenimientos generales del Parque Criollo y Museo Gauchesco Ricardo Güiraldes, previo ingreso por Tesonería Municipal con imputación a la partido correspondiente del Cálculo de Recursos.
Artículo 4 : Realizada la subasta, deberá enviarse a la Oficina de Patrimonio el listado de animales vendidos especificando cantidad, tipo, raza, sexo y pelaje a fin de realizar las bajas.