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3310/2008-habilitacion taller mecanico

ORDENANZA REGISTRADA BAJO EL Nº 3310/2008

 

VISTO:

            La solicitud de habilitación de un local destinado al rubro “Taller Mecánico” presentado por el Sr. Serrano, Miguel Eduardo, con domicilio en calle  cuartel V Duggan, partido de San Antonio de Areco, que funcionaria en el inmueble sito en la calle C. Pellegrini 761, propiedad del Sr. Roberto, Guillermo, denominado catastralmente como Circ. I – Secc. C – Mz 68a – Pc. 14a, y;

 

CONSIDERANDO:

                                   Que, en la zona propuesta por el peticionante ya existen talleres mecánicos, los cuales fueron otorgados sus usos como “usos no conforme”.-

                                   Que, el Plan regulador no contempla en dicha zona el desarrollo de la actividad.-

                                   Que, según Normas de Procedimiento de la Ordenanza Preventiva del Plan Regulador en el articulo 49 dice: “Los edificios afectados a usos no conforme podrán mantener el uso no conforme, sin la modificación, ni alteración alguna en sus locales y condiciones de uso. La interrupción del uso, sea por cambio de firma, venta, cese temporario de la actividad por mas  de 180 días, implicara el cese definitivo del uso no conforme, pudiendo ser habilitado nuevamente, para un uso conforme”. Y el Articulo 50 dice: “Los usos no conformes que generen denuncias de vecinos, serán evaluados en forma particularizada por la O. T. M., pudiendo caducar el permiso de uso no conforme sise constatara perjuicio o peligrosidad o establecer midas para evitar las molestias para la población del distrito de emplazamiento”.-

 

Por ello, el Honorable Concejo Deliberante de San Antonio de Areco, resuelve por unanimidad, emitir la siguiente:

 

 

ORDENANZA

 

 

Articulo 1º: Autorícese  como  edificio  con  uso  no conforme a aquel puesto a

consideración por el Sr. Serrano, Miguel Eduardo, en la Circ. I – Secc C – Mz. 68a – Pc. 14a de nuestra localidad, el rubro (Taller Mecánico) en un todo de acuerdo a lo normado por loas artículos 49º, 50º, 51º,55º y 56º del punto 6 (Normas de Procedimiento) de la Ordenanza Nº 2.381/01, pudiendo proceder el mismo a iniciar y/o finalizar, según el caso, las tramitaciones de practica para la obtención de su correspondiente habilitación comercial.-

 

Articulo 2º: De forma.-

 

 

 

Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de San Antonio de Areco, a los Doce días del mes de Mayo del año Dos mil Ocho.