3311/2008-habiliatcion-venta automotor y gestoria
ORDENANZA REGISTRADA BAJO EL Nº 3311/2008
VISTO:
La solicitud de habilitación de un local destinado al rubro “Venta Automotor y Gestoria” presentado por la Sra. Gussoni, M. Jorgelina, con domicilio en calle Pellegrini 392 partido de San Antonio de Areco, que funcionaria en el inmueble sito en la calle A. del Valle y Bmé. Mitre, propiedad de la Sra. De Biaso de Lasasso Maria Luisa, denominado catastralmente como Circ. I – Secc. B – Mz 118 – Pc. 1 y 2, y;
CONSIDERANDO:
Que, en la zona propuesta por el peticionante ya existen locales de Venta Automotor, los cuales fueron otorgados sus usos como “usos no conforme”.-
Que, el Plan regulador no contempla en dicha zona el desarrollo de la actividad.-
Que, según Normas de Procedimiento de la Ordenanza Preventiva del Plan Regulador en el articulo 49 dice: “Los edificios afectados a usos no conforme podrán mantener el uso no conforme, sin la modificación, ni alteración alguna en sus locales y condiciones de uso. La interrupción del uso, sea por cambio de firma, venta, cese temporario de la actividad por mas de 180 días, implicara el cese definitivo del uso no conforme, pudiendo ser habilitado nuevamente, para un uso conforme”. Y el Articulo 50 dice: “Los usos no conformes que generen denuncias de vecinos, serán evaluados en forma particularizada por la O. T. M., pudiendo caducar el permiso de uso no conforme sise constatara perjuicio o peligrosidad o establecer midas para evitar las molestias para la población del distrito de emplazamiento”.-
Por ello, el Honorable Concejo Deliberante de San Antonio de Areco, resuelve por mayoría, emitir la siguiente:
ORDENANZA
Articulo 1º: Autorícese como edificio con uso no conforme a aquel puesto a consideración por la Sra. Gussoni M. Jorgelina, en la Circ. I – Secc B – Mz. 118 – Pc.1 y 2 de nuestra localidad, el rubro (Venta Automotor y Gestoria) en un todo de acuerdo a lo normado por loas artículos 49º, 50º, 51º,55º y 56º del punto 6 (Normas de Procedimiento) de la Ordenanza Nº 2.381/01, pudiendo proceder el mismo a iniciar y/o finalizar, según el caso, las tramitaciones de practica para la obtención de su correspondiente habilitación comercial.-
Articulo 2º: De forma.-
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de San Antonio de Areco, a los Doce días del mes de Mayo del año Dos mil Ocho.-

