3406/2008-Incorporacion-Sex Shop
ORDENANZA REGISTRADA BAJO EL N° 3406/08
VISTO:
La Ordenanza Preventiva y el Plan Regulador, y;
CONSIDERANDO:
Que, es necesario efectuar una reforma sobre las mismas a los fines de incorporar nuevos usos para los Distritos UR 1 y UR 2.-
Que, el uso "Sex Shop" no se encuentra contemplado en los mencionados distritos.-
Por ello, el Honorable Concejo Deliberante de San Antonio de Areco, resuelve por unanimidad sancionar la siguiente:
ORDENANZA
Articulo 1°; Incorpórese en el Plan Regulador y en el articulo 82° de la Ordenanza Preventiva N° 2.381/01, Capitulo 6 Disposiciones Generales, Punto 6.11. Normas Transitorias, el siguiente uso "Sex Shop" en los distritos UR 1 y UR 2.-
Articulo 2°: De forma
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de San Antonio de Areco , a los Quince días del mes de diciembre del año Dos Mil Ocho.-

