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2340/2001-Escuela de deportes-Polideportivo

ORDENANZA REGISTRADA BAJO EL Nº 2340/2.001.-

2340

14.5.01

LEGISLATIVA

REGLAMENTAACIÓN

ESCUELA DE DEPORTES

REGLAMENTACIÓN

USO

GIMNASIO SANTIGO LUJÁN SAIGÓS

POLIDEPORTIVO JOSÉ ZANETOVICH

VISTO:

El Expediente Nº 4102-632-D/01; y,

CONSIDERANDO:

La necesidad de contar con un Reglamento para el funcionamiento e la Escuela Municipal de Deportes y el uso de las Instalaciones del Gimnasio y Polideportivo Municipal.

Artículo 1: NATURALEZA:

La Escuelas Municipal e Deportes es un establecimiento educativo que propicia la realización de actividades deportivas, recreativas, culturales y sociales, dirigidas a niños, jóvenes y adultos de ambos sexos que pertenezcan a nuestra Comunidad, estén ó no escolarizados;

OBJETIVOS:

Desarrollar actividades psicofísicas, deportivas y de recreación;

Coadyuvar al cuidado de la salud;

Articularse con todos los niveles y modalidades del sistema educativo y con todas las Entidades Deportivas de nuestro medio;

Favorecer la integración social a través de una Escuela abierta con la atención de todos los integrantes de la Comunidad educativa y no educativa;

FUNCIONES:

- Propiciar, organizar, apoyar y desarrollar actividades psicofísicas, deportivas y recreativas que se consideren de interés para nuestro Distrito;

Conformar una Asociación Cooperadora;

Coordinar proyectos especiales con otros servicios;

Propiciar jornadas de capacitación para los docentes y/o entrenadores;

Programar actividades extraprogramáticas como campamentos, colonia de verano, etc.;

SEDES:

La escuela funcionara en las instalaciones municipales destinadas a tal efecto (Gimnasio "Santiago Luján Saigós", Polideportivo "José Zanetovich") quedando como alternativa de extensiones, todo tipo de convenio con entidades intermedias, Sociedades de Fomento, Clubes, etc.;

Debe favorecer la actividad barrial propiciando encuentros deportivos en los mismos barrios;

DE LA CONDUCCION:

La Escuela Municipal de Deportes depende orgánica, funcional, financiera y políticamente de la Dirección de Deportes Municipal;

El Departamento Ejecutivo conjuntamente con el Honorable Concejo Deliberante podrá clausurar temerariamente la Escuela cuando las circunstancias debidamente acreditadas lo justifiquen;

En orden a lo expresado en el punto anterior, se procederá al cierre definitivo del Establecimiento ó la renovación de sus autoridades;

En ambos casos se observara el procedimiento normalizado por la Ley Orgánica de las Municipalidades, Decreto Reglamentario y normas vigentes;

DEL INGRESO:

Para acceder a cargos de la Escuela, se tomará en cuenta que el servicio se llevará a cabo a través de la designación de profesores y maestros de Educación Física, así también como maestros e idóneos en deportes, que serán elegidos por la Dirección de Deportes;

OBLIGACIONES DEL PERSONAL DIRECTIVO Y TECNICO:

DEL DIRECTOR:

el Director es la autoridad principal de la Escuela y es el responsable de la labor que se desarrolla en la misma;

OBLIGACIONES DEL DIRECTOR:

Hacer cumplir las obligaciones que se determinan en el presente Reglamento y las que emanen de la Dirección de Deportes Municipal;

Supervisar los lugares donde se dictan y desarrollen las actividades de la Escuela;

Llevar un cuaderno de actuación profesional de cada docente;

Consignar informes periódicos sobre aprendizajes, su conducción, seguimiento y evaluación de la labor profesional, menciones significativas, iniciativas, colaboraciones, sanciones, observaciones simples sobre la base de registro y asistencia, licencia y otros elementos de juicio que acrediten su tarea profesional para su evaluación;

Visar toda la documentación correspondiente a la actividad docente y deportiva que desarrolle la escuela;

Llevar cuaderno de accidentes;

Comunicar a los docentes las directivas impartidas por la Dirección de Deportes,

Controlar la asistencia de los docentes;

Exigir a los docentes a su cargo declaración jurada de cargos y/o horas cátedras;

Calificar anualmente al personal a su cargo por orden de méritos,

Presentar bimestralmente informe sobre el funcionamiento de la Escuela a la Dirección de Deportes Municipal;

Cerrar una vez realizada las acciones pertinentes los grupos que no se ajusten a lo determinado en la presente reglamentación;

Actuar de inmediato y con responsabilidad frente a los problemas que afecten a la Escuela, comunicando a la Dirección de Deportes cuando excedan su ámbito de competencia y cuando haya agotado todos los recursos a su alcance;

Rendir cuenta de los ingresos y egresos de la Cooperadora como así también de las partidas especiales;

Resolver todo pedido de instalaciones con la Dirección de Deportes Municipal;

Representar oficialmente a la Escuela en actos públicos ó eventos especiales;

Tomar grupo a cargo por ausencia del profesor cuando la m9sma no pueda ser cumplida por otro docente del establecimiento;

Poner en conocimiento de la Superioridad toda situación que afecte el normal desenvolvimiento de la Escuela;

Guardar una conducta firme y respetuosa para con el personal, estimulando toda iniciativa útil y señalando las faltas que observe, para su ajuste y enmienda;

Aplicar cuando sea necesario las medidas disciplinarias que correspondan;

Asumir la función de asesor de la Cooperadora orientando y estimulando su acción;

OBLIGACIONES DEL PROFESOR Y/O ENTRENADOR:

Será la autoridad máxima de la clase a su cargo;

Tomará a su cargo el grupo e alumnos en los turnos y horarios que determine la Dirección;

Preparará sus clases con la antelación necesaria y suficiente, solicitando en tiempo y forma el material correspondiente;

Realizar el proceso de aprendizaje de acuerdo a las pautas fijadas por la Dirección de Escuela;

Presentar las Planificaciones y la Declaración Jurada en tiempo y forma;

Representar a la Escuela en las actividades para la que sea designados por la Dirección de la Escuela;

Dar aviso con antelación cuando no concurra al dictado de su clase, y justificar la misma en los plazos establecidos al efecto;

Coadyuvar al mantenimiento del orden y la disciplina de sus alumnos en el Establecimiento y fuera de él;

Asentar en los cuadernos de actividades lo previsto a desarrollar en cada clase;

Organizar y contribuir a la realización de las actividades de la Escuela;

Elaborar informes y suministrar datos cuando le fuera requerido;

Presentar los horarios y dar cumplimiento a los mismos, evitando las tardanzas y llegadas tardes, que deterioran al grupo de trabajo e inciden negativamente en su matrícula, comprometiéndose la cantidad de asistentes;

Asumir las responsabilidad de la disciplina general y la regularidad de la enseñanza;

Comunicar cuando le fuera posible licencias prolongadas a fin de tomar los recaudos para el caso;

Colaborar con la Secretaría Dirección de Deportes Municipal mediante el desempeño responsable, respetuoso y solidario;

Asistir a las reuniones organizadas por la Dirección de Deportes Municipal ó por la Dirección de Escuela;

Dar cumplimiento a la presente Reglamentación para un mejor desenvolvimiento de las funciones inherentes a cada uno de los integrantes de la Escuela Municipal de Deportes.

DE LAS ACTIVIDADES:

Las actividades programáticas se desarrollarán durante todo el año. En los periodos de recesos de adecuarán en su horario y se organizarán tareas y proyectos especiales;

Difundir todas las actividades que desarrolle la Institución

DE LAS SECCIONES DE TRABAJO:

Se dispondrán en días no consecutivos y en dos secciones semanales;

Se podrán modificar las mismas, cuando hubiere grupos de competencia.

FORMACION DE GRUPOS:

La relación normal docente – alumno será 1 en 30;

Los grupos se conformarán con un máximo de 30 alumnos y podrá funcionar con menos de 15;

A los efectos de mantener los grupos y las horas asignadas, deberán funcionar con una asistencia media, acorde a la siguiente escala:

GRUPOS DE 25 a 30 ALUMNOS: 65 % DE ASISTENCIA MEDIA

GRUPOS DE 20 a 24 ALUMNOS: 75% DE ASISTENCIA MEDIA

GRUPOS DE 15 a 19 ALUMNOS: 80 % DE ASISTENCIA MEDIA

En caso que por el periodo de un mes el número de asistente de

Un grupo sea inferior al mínimo estipulado, el mismo será cerrado.

DE LA ATENCION DE LA ESCUELA:

La Escuela Municipal de Deportes funcionará en los tres turnos, mañana, tarde y vespertino;

La atención se realizará con 5 alumnos;

El Director implementará sus horarios para que alternativamente pueda supervisar los tres turnos;

La Escuela Municipal de Deportes viene funcionando hasta el presente a partir de las 17,30 horas. Se dispone a partir del año 2002 la misma comenzará a funcionar en los tres turnos, quedando los docentes actuales debidamente notificados, a través de la presente reglamentación;

DE LA CANTIDAD DE HORAS CATEDRAS:

A los efectos de posibilitar el ingreso de docentes y dando cumplimiento a uno de los objetivos prioritarios: la apertura de la Escuela Municipal de Deportes en todos sus aspectos, el máximo de horas cátedra por docente que ingresen a partir de la presente Reglamentación, será de 6 horas cátedra, quedando por vía de excepción los docentes anteriores que tuviesen mayor carga horaria a la prevista, salo razones de servicio que justifiquen otro criterio;

Se podrá ingresar también por el régimen de proyectos, los que serán valorados de acuerdo a sus contenidos, objetivos, y si el mismo tiene alumnos que se integrarían a la Escuela, conjuntamente con su presentación y aceptación;

Se efectuará cumplimentado la correspondiente ficha de inscripción (que se transcriban en el Registro de Matricula) donde conten los datos personales del alumno, autorización de los padres, adjunta a cuestionario de salud;

A los efectos de considerar la Matricula Real cada alumno será contado una sola vez por actividad (aunque participe en más de una);

DE LA ASISTENCIA:

Las inasistencias de los alumnos se computarán como 1 (una);

Cuando un alumno incurriera en 5 (cinco) inasistencias seguidas e injustificadas, será dado de baja;

INSTITUCIONES DE AYUDA:

La Escuela Municipal de Deportes contará con la Asociación Cooperadora, que funcionará de acuerdo a las normas vigentes que rigen para la Dirección de Escuelas;

DOCUMENTACION DE LA ESCUELA:

DIRECTOR:

Registro de Actas de Reuniones;

Registro de Instalaciones;

Cuaderno de Actuación Profesional;

Horarios;

Legajo Personal de los Docentes;

Inventario de Materiales;

Cuaderno de Manifestaciones Deportivas;

Archivo de notas enviadas y recibidas;

Cuaderno de Comunicaciones;

Contralor;

Archivo de autorizaciones para viajar;

Libro de Asistencia;

PROFESORES Y ENTRENADORES:

Planilla de asistencia diaria y mensual;

Planificaciones;

Libro de Temas;.

Cuaderno de Comunicaciones;

Declaración Jurada de horas y cargos;

Libro de Asistencia;

CONSIDERACIONES FINALES:

Toda situación no contemplada en la presente Reglamentación será tratada y analizada oportunamente por la Dirección de Deportes Municipal.

Artículo 2:

REGLAMENTACION PARA LA UTILIZACION DE LAS INSTALACIONES:

GIMNASIO SANTIAGO LUJAN SAIGOS y POLIDEPORTIVO JOSE ZANETOVICH

Para su utilización se deberá contar con la autorización de la Dirección de Deportes Municipal;

Funcionará la Escuela Municipal de Deportes en las especialidades descentralizadas;

Serán cedidas a Instituciones educativas ó de Bien Público y los permisos se otorgarán de acuerdo a orden de solicitud, asegurando un uso equitativo, reservándose la Dirección la conveniencia de su otorgamiento;

Las Instituciones Educativas que lo utilicen así también como las entidades de Bien Público, se harán cargo de los daños y perjuicios que se ocasionen;

Podrán ser cedidos a profesores ó idóneos cuando los mismos dicten clases gratuitas y las mismas sean de interés para el deporte de nuestra Comunidad (ejemplo: T.J.B., eventos especiales, etc.)

No se establecerán prioridades; las mismas se adaptarán a la coyuntura y el contexto vigente del momento;

Con el propósito de poder generar recursos genuinos que garanticen la posibilidad de solventar el deterioro lógico de las instalaciones, a partir de la presente Reglamentación, estará permitido ocupar espacios con publicidad en las mismas;

Se permitirá además, siempre y cuando no dañen la infraestructura, la cesión de las instalaciones a Entidades de Bien Público que quieran organizar eventos para recaudar fondos con fines solidarios. En todos los casos deberá presentarse informe detallado con las características del evento y del fin que se persigue;

Toda situación no contemplada en la presente Reglamentación será tratada y analizada por la Dirección de Deportes Municipal.