3165/2007-Edificio escuela media de Villa Lía
ORDENANZA REGISTRADA BAJO EL Nº 3165/2007
23.01.07
TERRENO
ESCUELA ENSEÑANZA MEDIA
VISTO:
La necesidad de construir un Edificio destinado a la Enseñanza Media en la localidad de Villa Lía.
CONSIDERANDO:
Que se ha incrementado la población, en la localidad de Villa Lía.
Que es de gran importancia para toda la población de dicha localidad contar con un servicio de Educación Media, debido a que los alumnos deben trasladarse diariamente 20 Km. hasta llegar a la ciudad cabecera, para poder cursar dicho nivel de enseñanza.
Que el transporte público hacia San Antonio de Areco tiene escasa frecuencia horaria, por lo tanto los alumnos pierden mucho tiempo que podrían dedicar a sus actividades escolares y/o familiares, deambulando por la ciudad y/o por la Institución a la que asisten.
Que el factor movilidad, atenta contra la continuación educativa en el nivel medio de los jóvenes de esa localidad.
Que la Municipalidad de San Antonio de Areco, cuenta con dos inmuebles ubicados en las calles Entre Ríos y Avellaneda de la localidad de Villa lía con Nomenclatura Catastral: Circunscripción VI, Sección A, Manzana 31, Parcela 2 y 3 de 2000 m2 y 1945.5 m2 de superficie respectivamente, inscripto a nombre del fisco de la Provincia de Buenos Aires, constituyendo dominio Municipal, en virtud del decreto Ley 9533/80.
Artículo 1º: Autorizase a afectar a los terrenos ubicados en las calles Entre Ríos y Avellaneda de la localidad de Villa Lía con nomenclatura catastral: Circunscripción VI, Sección A, Manzana 31, Parcela 2 y 3 de 2000 m2 y 1945.5 m2 de superficie respectivamente, para la construcción del Edificio destinado a la Enseñanza Media en la localidad de Villa Lía partido de San Antonio de Areco.
Artículo 2º: La construcción del edificio estará a cargo de la Dirección General Provincial de Escuelas.
Artículo 3º: Autorizase a la unificación de parcelas y transferencia de la fracción referida en artículo 1º a la Provincia de Buenos Aires Dirección General de Escuelas.