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3140/2006-Permuta inmobiliaria

ORDENANZA REGISTRADA BAJO EL Nº 3140/2006

29.11.06

ADMINISTRATIVA

PERMUTA INMOBILIARIA

CAMINO

VISTO:

Lo actuado en el expediente N° 4102-0990-P/06 por el que se tramita la permuta de la superficie correspondiente a un camino vecinal por otra superficie siendo propietaria de la nuda propiedad la Sra. Valeria Pazzaglia y usufructuaria la Sra. Elba Wheeler, y;

CONSIDERANDO:

Que según constancias realizadas, el mencionado camino nunca se libró al uso público, que de acuerdo a los dictámenes acompañados y encontrándose los linderos en un todo de acuerdo no existe impedimento para acceder a ello;

Que conforme a disposiciones de la Ley Orgánica de las Municipalidades, tales atribuciones pertenecen al Departamento Deliberativo y lo prescripto por la Ley 9533/80.

Artículo 1°: Desaféctese del dominio público Municipal la superficie del camino ubicado en la Circunscripción: VI entre las parcelas 789 e ,789 n, 789 m, y 789 h demarcado en el plano N° 95-7-99 con una superficie de O ha. 69 a, 98 ca.

Artículo 2°: Autorízase la permuta por la calle a ceder de la superficie correspondiente al camino citado en el artículo anterior, de una superficie de O Ha 90 A, 12 Ca de la parcela 789 h de la circunscripción VI, siendo nuda propietaria la Sra. Valeria Pazzaglia según se indica en el plano adjunto fojas 5 y usufructuaria la Sra, Elba Wheeler, quedando garantizado el acceso de la parcela 789 m, compensada en valores la permuta, atento a que la superficie cedida es superior a la superficie desafectada, como indica el plano de fojas 5.

Artículo 3°: Autorízase al Departamento Ejecutivo a suscribir cuanta documentación resultara necesaria para formalizar las disposiciones de la presente Ordenanza.

 

Artículo 4°: Los gastos que demanden la confección del plano y el otorgamiento de las respectivas escrituras traslativas de dominio serán por cuenta de las Sras. Valeria Pazzaglia y Elba Wheeler, quienes deberán cumplimentar tales actos en el plazo de ciento ochenta días (180), bajo apercibimiento de la caducidad de lo dispuesto por la presente ordenanza.