3051/2006-Eximicion tasas Sociedad Española
ORDENANZA REGISTRADA BAJO EL Nº 3051/2.006.-
3051
5.6.06
ADMINISTRATIVA
AUTORIZACION
EXIMICIÓN
TASAS
SOC. ESPAÑOLA SM
VISTO:
La presentación efectuada por la Sociedad Española de Socorros Mutuos de San Antonio de Areco, que diera origen al expediente administrativo N° 4102-0031-S/06, y;
CONSIDERANDO:
Que solicita la eximisión de la Tasa de Servicios Urbanos por su inmueble designado catastralmente como Circ. I, Secc. B Mz. 109, Contribuyente N° 281400.
Que la Institución peticionante realiza una importante labor cultural y de recreación abierta a la Comunidad de nuestro Pueblo.
Que estas entidades reconocida como entidad de bien público y con Personería Jurídica acreditadas son pasibles de ser eximidas de Tasas Municipales.
Que la Sociedad Española de Socorros Mutuos funciona como Asociación Mutual sin fines de lucro de conformidad a lo establecido por la Ley N° 20.321/73.
Artículo 1°: Exímase del pago de la Tasa Servicios Urbanos, a todas las Sociedades de Socorros Mutuos, cuyas instalaciones hayan sido cedidas en virtud de la prestación de algún uso y/o servicio a la Municipalidad por el ejercicio 2006 y por el 30 % (treinta por ciento) en la tasa antes mencionada.

