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3051/2006-Eximicion tasas Sociedad Española

ORDENANZA REGISTRADA BAJO EL Nº 3051/2.006.-

3051

5.6.06

ADMINISTRATIVA

AUTORIZACION

EXIMICIÓN

TASAS

SOC. ESPAÑOLA SM

VISTO:

La presentación efectuada por la Sociedad Española de Socorros Mutuos de San Antonio de Areco, que diera origen al expediente administrativo N° 4102-0031-S/06, y;

CONSIDERANDO:

Que solicita la eximisión de la Tasa de Servicios Urbanos por su inmueble designado catastralmente como Circ. I, Secc. B Mz. 109, Contribuyente N° 281400.

Que la Institución peticionante realiza una importante labor cultural y de recreación abierta a la Comunidad de nuestro Pueblo.

Que estas entidades reconocida como entidad de bien público y con Personería Jurídica acreditadas son pasibles de ser eximidas de Tasas Municipales.

Que la Sociedad Española de Socorros Mutuos funciona como Asociación Mutual sin fines de lucro de conformidad a lo establecido por la Ley N° 20.321/73.

Artículo 1°: Exímase del pago de la Tasa Servicios Urbanos, a todas las Sociedades de Socorros Mutuos, cuyas instalaciones hayan sido cedidas en virtud de la prestación de algún uso y/o servicio a la Municipalidad por el ejercicio 2006 y por el 30 % (treinta por ciento) en la tasa antes mencionada.