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3052/2006-Eximicion tasas Centro de Jubilados

ORDENANZA REGISTRADA BAJO EL Nº 3052/2.006.-

3052

5.6.06

ADMINISTRATIVA

AUTORIZACIÓN

EXIMICIÓN

TASAS

CENTRO DE JUBILADOS

VISTO:

La petición realizada por el Centro de Jubilados y Pensionados de San Antonio de Areco, en expediente administrativo N° 4102-2252-C/05 y;

CONSIDERANDO:

Que solicita la eximision del pago de la Tasa por Servicios Urbanos por el inmueble de su propiedad, designada catastralmente como Circ. 1, Secc. A, Mz. 51 Pe 2 a, cito en la calle Zapiola N° 474.

Que las Entidades Sociales reconocidas como Entidad de Bien Público y con Personería Jurídica acreditada son pasibles de ser eximidas de tasas Municipales.

Que la Institución solicitante posee una trayectoria de servicio a la comunidad.

Artículo 1°: Exímase a todos los Centros de Jubilados y Pensionados de San Antonio de Areco, con Personería Jurídica, del pago de la Tasa de Servicios Urbanos, por el período fiscal 2006.