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3514/2010-Suspension subdivisiones

ORDENANZA REGISTRADA BAJO EL Nº 3514/10

 

VISTO:

La situación de extrema gravedad que atraviesa el Partido de San

Antonio de Areco producto de las lluvias caídas, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que, los vecinos que viven en Barrios aledaños al Río Areco, fueron altamente perjudicados, como así también los habitantes de la Cuenca Este, los cuales sufrieron grandes pérdidas materiales y afectivas.

 

Que, ya está aprobado el Proyecto de Saneamiento de la cuenca ut-supra mencionada y muy pronto estarían llegando los fondos para concretar la primera etapa de esta importante obra, la que una vez realizada, va a mejorar sustancialmente la calidad de vida de los vecinos que allí viven.

 

Que, en el mismo sentido, ya se iniciaron las obras de saneamiento del Río Areco desde Ruta 8 hasta su desembocadura.

 

Que en la actualidad y producto de negocios inmobiliarios, se rellena y construye con gran intensidad en las áreas afectadas por la reciente inundación, acción que ante nuevos fenómenos meteorológicos agravaría aún más la situación planteada.

 

Que, desde éste Cuerpo Colegiado debemos tomar medidas tendientes a proteger a nuestros representados y sus bienes personales.

Que nuestra Ciudad fue declarada en emergencia por los Departamentos Ejecutivo y Legislativo.

Que hay reclamos realizados por vecinos afectados a este Honorable Cuerpo respecto del tema que nos ocupa.

 

Por ello, el Honorable Concejo Deliberante de San Antonio de Areco, resuelve por unanimidad sancionar la siguiente:

 

ORDENANZA

 

Artículo 1º : Suspéndase por un plazo de 6 (seis) meses que podrá ser

- - - - - - - - - prorrogable en función del avance o concreción de las obras

de saneamiento de la Cuenca Este y del Río Areco, toda subdivisión y/o

pedido de relleno como así también una revisión de los permisos que se

hubiere otorgado en los terrenos ubicados en las zonas que se detallan a

continuación:.

SECTOR 1:

Circunscripción I- Sec. E - Fracciones: I, II, III y IV

Circunscripción I- Sec. E - Mz: 18

Circ: V- Sec: rural- Pc: 488b, 490, 491, 492c,492d, 492g, 492h, 492i,492j, 492k, 492m, 492n, 492f, 493, 494, 495.

Circ: VI- Sec: rural- pc: 974a

Circ: I- Sec.: E - Mzs: 1,2,3,4,5,6,7,8,9,10,11,12,13,14,15 y 16 (BARRIO AMESPIL)

Circ: V- Sec.: rural- Pc: 496c (Costanera A. Pazzaglia)

Circ: VI- Sec : rural- Pc: 976b (Costanera A. Pazzaglia)

Circ: I- Sec: F- Mz: 1,2,3,4,5,6,7,8,9,10,11,12,13 y espacio verde, s/plano 95-71-77 (BARRIO PTE. FRONDIZI- EX CANUGLIO)

 

SECTOR 2:

Circ: II - Pc: 39a, 39d, 39e, 39f, 39c

Circ: I- Sec.: C- Quintas: 65, 66, 62, 58, 57, 56,

Circ.I-Sec.C -Qta .51 –Mzs. 51 a y Mz. 51b

Circ.I – Sec.C – Qta.38 -Mzs: 38 a, 38b, 38c, 38d, 38e

Circ.I – Sec. C –Qta.4 – Mz. 4 a, 4b

Circ.I-Sec. C – Qta. 5 –Mzs.: 5k; 5p y 5m (menos frentistas a calle San Martín)

Circ: I- Sec. B - Mzs: 132, 116, 101, 102, 86

Circ: I- Sec. A - Mz: 71, 56, 42 Mz 10

Frentistas calle Lavalle de :Circ. I - Sec.B - Mzs: 133, 117, 103, esquina de Moreno y Lavalle de Mz: 88, frentistas de calle Moreno y Matheu de Mz: 87

Frentistas de calle Matheu de Mz: 72, 57, y 43, Circ.I - Sec. A

Frentistas de calle Matheu y Bolivar de Mz: 29 - Circ: I - Sec. A

Frentistas de calle Lavalle y Rivadavia de Mz: 18 - Circ: I - Sec. A -

Circ: I- Sec. A - Mz: 11 (no frentistas a calle San Martín)

 

SECTOR 3:

Circ: I- Sec. C – Qta. 3 - Mzs.: 3f, 3d, 3b, 3g, 3 e, 3c, 3 a; Qta. 5 – Mzs.: 5g, 5e, 5c, 5a; Qta: 5- Fr:I- Pc: 1,2 y 3 (BARRIO DON PANCHO)

Circ: I- Sec. C - Qta: 6 (Ruta 8, Alvear, San Martin, Posta de Morales)

Circ: I- Sec. C - Qta: 1- Fr: I y frentistas a Calle Posta de Morales de Circ: I – Sec. C - Qta: 6 - Fr: II.

Circ: I- Sec. C- Qta: 1- Pcs: 2a, 2b, 3, 4 y 8

Circ: I- Sec. C- Qta: 1- Mzs: 1f, 1g y 1m.

Circ: I- Sec. C- Qta: 1- Frc: III.

Circ: I- Sec. C- Qta: 2- Pc: 1, 2 y 3.

Circ: I- Sec. C- Qta: 8 y 9, frentistas a calle Posta de Morales

Circ: I- Sec. C- Qta: 14- Pc: 1h, 1a y 1d, frentistas a calle Posta de Morales

Circ.I – Sec. C- Qta.13 –Pcs. 1 a , 2 a y 3 b

Circ.I – Sec. C- Qta. 12 – Pcs. 2 y 12 a

SECTOR 4:

Circ: I – Sec. C- Qta: 13 (toda la quinta,a excepción de parte de loteo Fatuzzo parcelas frente a calle Alberdi y Fitte desde Alberdi a Echeverría)

Circ: II- Sec. A - Qta: 46 - Pc: 9

Circ: II - Pc: 85

Circ: I – Sec. C- Qta: 70 y 69 y Qta. 67 - Pcs : 3 y 1

Circ: I- Sec. B - Mz: 147 y 131

Circ: I- Sec. C - Qta: 63 - Mz: 63a, 63b, 63c y 63d

Circ: I- Sec. C- Qta: 64- Mz: 64b- Pc: 1, 2, 3, 4, 10 y 11.

Circ: I- Sec. C- Qta: 64 - Pc: 3b

Circ: I- Sec. C- Qta: 64a- Pc: 1, 2, 3a, 3b, 10a, 10b, 11 y 12.

Circ: I- Sec. C- Qta: 60- Mz: 60a y 60c, parcelas frentistas a calle Burgueño

Circ: I- Sec. C- Qta: 59

Circ: I- Sec. C- Qta: 52- Mz: 52d, 52b, 52g, 52e, 52f;

Circ: I- Sec. C - Qta: 52- Pc: 3, 4, 5a, 5b, 6a y 7

Circ: I- Sec. C- Qta: 53 (frentistas a Burgueño, Bolivar y Soldado Argentino)

Circ: I- Sec. C - Qta: 42- Pc: 1

Circ: I- Sec. C - Qta: 42- Mz: 42a y 42b-

Circ.I- Sec. C - Qta: 43 - Pc: 3

Circ: I- Sec. C - Qta: 43- Mz: 43b

Circ: I- Sec. C - Qta: 48 (calle S. Petrilli, Rivadavia, A. Giacomantone y Bolivar)

Circ: II - Pc: 51 y 52

Circ: I- Sec. C- Qta: 54- Frentistas a calle Arellano y Soldado Argentino

Circ: I- Sec. C- Qta: 40- Pc: 1

Circ: I- Sec. C- Qta: 31- Pc: 1a (Barrio Pte. Perón-102 viviendas)

Circ: I- Sec. C- Qta: 31- Mz: 31c

Ciirc.I –Sec. A – Mz. 3

Frentistas a calle E.Fitte de Circ.I – Sec. A – Mz. 2

Frentistas a Ruta 8 entre Irigoyen y E.Fitte y frentistas de E.Fitte de Circ.I – Sec. C – Qta.12

Frentistas a calle Quetgles de:

Circ: I - Sec. B- Mz: 115, 100

Circ: I – Sec. A- Mz: 85, 70

Circ: I – Sec. C- Qtas: 52- Mz: 52c, 52a; Qta: 41- Pc: 2a

Circ: I - Sec. C- Qtas: 39 y Qta: 30c.

 

 

Esta Ordenanza abarca también todas las parcelas frentistas al Río Areco desde el Puente del Ferrocarril Mitre hasta el Puente de Ruta 41.-

 

 

Artículo 2º : Los fondos para la realización de la obra mencionada, deberán

- - - - - - - - - provenir de las Partidas Presupuestarias correspondientes y/o de los fondos que provengan y/o aporten la Nación y la Provincia de Buenos Aires y/o organismos internacionales.

 

Artículo 3º : El levantamiento de estas restricciones quedará supeditado,

- - - - - - - - - además de la concreción y avance de las obras mencionadas, a dictámenes o informes de aptitud emitidos por la Dirección Provincial de Saneamiento y Obras Hidráulicas de la Provincia de Buenos Aires y Autoridad del Agua.

 

Artículo 4º : De forma.

 

Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de San Antonio de Areco, a los veinte días del mes de enero del año 2010.